SALUD

Condenado un cirujano por no advertir a una paciente del riesgo de rotura de las prótesis mamarias

La operación fracasó dos veces y ahora el especialista tendrá que indemnizarla en una cuantía por determinar

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Una juez de Alicante ha condenado a un cirujano plástico por no informar a una paciente del riesgo de rotura de las prótesis mamarias de la marca 'Ply Implant Prothese' (PIP) que le implantó, lo que ocurrió en dos ocasiones (febrero de 2005 y enero de 2009).

"Fue la rotura de las prótesis y sus posteriores complicaciones lo que, a la postre, determinaron el fracaso de una intervención médica que se le ofertó en su momento a la actora como remedio fácil y rápido para conseguir una considerable mejora de sus pechos", razona la magistrada.

La sentencia, fechada el pasado 18 de marzo y facilitada hoy por la asociación Defensor del Paciente, cuyos servicios jurídicos han representado a la perjudicada, obliga al médico a indemnizar a ésta por los daños y perjuicios sufridos en una cuantía que será fijada en un procedimiento posterior.

El titular del juzgado de Primera Instancia 5 de Alicante, José María Aparicio, descarta que el médico no tuviera la titulación necesaria para actuar como cirujano plástico o cometiera una negligencia durante las intervenciones de aumento de pecho.

También rechaza que se le pueda exigir responsabilidad por los propios defectos de las prótesis PIP, pues tanto en 2005 como en 2009, "estaban normalmente homologadas" por la UE y "cumplían todos los requisitos exigidos para su uso".

"Es la experiencia posterior la que puso de relieve un índice de rotura a los diez años de su implantación superior a las prótesis de otras marcas", explica el juez.

Aceptadas hasta 2010

De hecho, no fue hasta el 31 de marzo de 2010 cuando la Agencia Española del Medicamento y de Productos Sanitarios ordenó, en una nota de seguridad, el cese de las PIP y emitió recomendaciones para quienes llevaran implantes de esta marca.

Sin embargo, la magistrada acaba condenando al médico porque no consta en el consentimiento informado de la primera intervención "ninguna mención al riesgo de rotura de la prótesis".

"La contemplación expresa de ese concreto riesgo sí se revelaba como esencial en la información que debió ofrecer el demandado a la paciente", añade.

El juez argumenta en el fallo que ha de analizarse con un "criterio más riguroso" el consentimiento informado que se presta en una cirugía estética en relación al de la medicina asistencial.

La "relatividad de la necesidad" de las operaciones plásticas, concluye, puede dar lugar en algunos casos a "un silenciamiento de los riesgos excepcionales" que existen que busque evitar el retraimiento de los pacientes.

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