Economia

La Seguridad Social enmudece a sus oficinas de información

Remite una instrucción a las direcciones provinciales para que no concreten la cuantía de futuras pensiones por jubilación anticipada

MADRID. Actualizado: Guardar
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Si usted se ha acercado a alguna oficina de la Seguridad Social para preguntar cuánto cobraría de pensión en caso de jubilarse anticipadamente se habrá encontrado con la callada por respuesta. El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha remitido una instrucción a todas las direcciones provinciales para que dejen de informar a los ciudadanos que lo soliciten sobre la cuantía concreta que les correspondería de pensión por jubilación anticipada.

¿La razón? Problemas de interpretación de la normativa que entra en vigor en enero y la expectativa de que se introduzcan cambios antes de lo previsto. Al no informar sobre la cuantía concreta evita comprometerse hasta que se aclaren.

El Gobierno piensa endurecer el acceso a la jubilación anticipada y parcial y su intención -o, al menos, la de Bruselas- es hacerlo cuanto antes. El secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos, envió en noviembre a la Comisión del Pacto de Toledo un informe en el que proponía retrasar dos años la edad de jubilación anticipada (de 61 a 63 en caso de despido y de 63 a 65 como norma general), así como incrementar el ajuste de los coeficientes reductores. El próximo 1 de enero entra en vigor la reforma del sistema de pensiones que aprobó el Parlamento en 2011 con el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. Esa reforma retrasa la edad de jubilación hasta los 67 años, con un periodo transitorio, y también la edad de jubilación anticipada hasta los 63 años, aunque -a propuesta de los sindicatos- en el caso de despidos forzosos se permite la jubilación a los 61 años. Pero eso no es bastante ni para el Gobierno ni para la Comisión Europea. Bruselas ha vuelto a reclamar que se adelante el retraso en la jubilación y que se introduzca antes de 2027 el llamado factor de sostenibilidad -la esperanza de vida modifica los parámetros de cálculo de la pensión, que podría dejar de actualizarse con la inflación-. Reformar inmediatamente el sistema de pensiones sería la contrapartida para que la Comisión Europea fuera nuevamente flexible en el calendario de consolidación fiscal. Ni siquiera se descarta que en alguno de los próximos Consejos de Ministros salte la sorpresa. Sobre todo tras la última experiencia. Cuarenta y ocho horas antes de que el Gobierno decidiera no compensar a los pensionistas la desviación de la inflación, en la secretaría de Estado de Seguridad Social daban por hecho que se cumpliría la ley y se revalorizarían.

Pero no solo hay incertidumbre en cuanto a las futuras reformas. También en la aplicación de la normativa que entra en vigor el 1 de enero. De hecho, en el ministerio hablan de problemas técnicos y dificultades interpretativas, especialmente en lo que se refiere a la aplicación de los coeficientes reductores y la base reguladora.

Otro asunto pendiente para la Seguridad Social es la determinación de los periodos de cotización de los trabajadores a tiempo parcial. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea consideró que la normativa actual es constitutiva de discriminación indirecta, respondiendo a una cuestión planteada por un juzgado de Barcelona. En base a la sentencia del tribunal de la UE, el juez concedió el derecho a pensión a una trabajadora a tiempo parcial que, según la norma, no había cotizado los años suficientes. El ministerio puede que opte por ganar tiempo recurriendo la sentencia del juez de Barcelona antes que entrar a modificar la ley para igualar el periodo de cotización exigido a trabajadores a tiempo parcial y a tiempo completo.