Condenado en Palma un médico que se equivocó de rodilla al operar a una paciente

El facultativo deberá pagar una multa de 540 euros y además no podrá ejercer profesionalmente durante un periodo de tres meses

Palma Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

Un médico que ejerce su labor profesional en Palma ha sido condenado este jueves a pagar una multa de 540 euros y a tres meses de inhabilitación por un delito de lesiones por imprudencia grave profesional. El citado doctor, especialista en cirugía ortopédica y traumatología, fue juzgado por haberse equivocado de rodilla al operar a una paciente. Los hechos ocurrieron en enero de 2015, en el Hospital de Sant Joan de Déu de Palma.

La mujer que fue víctima de ese error médico debía ser operada de una rotura del menisco de la pierna izquierda. Las pruebas diagnósticas efectuadas previamente habían determinado que existía una rotura del cuerno posterior del menisco interno. La intervención programada en este caso era una artroscopia en dicha pierna.

Sin embargo, el facultativo ahora condenado extirpó el menisco de la rodilla derecha. El error se produjo porque antes de la intervención este médico no se apercibió de que la documentación del caso y el consentimiento firmado por la paciente hacían referencia a la pierna izquierda.

La citada negligencia no fue descubierta hasta que la paciente despertó de la anestesia. Con posterioridad, la mujer fue operada por otro médico de la lesión que padecía en la pierna izquierda. Por lo que respecta a las lesiones derivadas del error médico originario, tardaron 216 días en curar por completo. Además, la afectada quedó con varias secuelas, entre ellas dolor en la rodilla y un trastorno depresivo reactivo.

En un principio, el fiscal había solicitado una condena de cinco meses de cárcel por un delito de lesiones por imprudencia grave profesional y un año de inhabilitación, así como una indemnización de 30.800 euros. No obstante, con anterioridad a la celebración del juicio, el fiscal y la defensa alcanzaron un acuerdo, que implicaba la citada multa de 540 euros y tres meses de inhabilitación. Finalmente, se aplicó la atenuante de reparación del daño, ya que antes de la vista oral la mujer fue indemnizada con 55.000 euros en total.

Ver los comentarios