Valle del Naranco (León), uno de los valles afectados por la estación de esquí
Valle del Naranco (León), uno de los valles afectados por la estación de esquí - FOP

El Constitucional tumba la estación de esquí de San Glorio

Declara nula la Ley que modificó el Plan de Ordenación de Recursos Naturales del Parque Natural de la Montaña Palentina y permitía la construcción de estaciones de esquí alpino en su interior

Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

En una sentencia notificada hoy 18 de marzo el Tribunal Constitucional ha fallado que la Ley que modificó el Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del Parque Natural de la Montaña Palentina es inconstitucional y nula. Esa norma permitía la construcción de estaciones de esquí alpino en el interior de ese espacio protegido y, en concreto, daba alas al proyecto de estación de esquí de San Glorio, polémico desde sus inicios y que ha ido modificándose con los años. En su última versión y promovido por la empresa Tres Provincias, el proyecto de San Glorio pretendía la construcción en terrenos de Palencia y León de 55,2 kilómetros de pistas, 41 pistas balizadas o 21 remontes, calculándose un movimiento de remontes de 27.900 personas a la hora.

Todo ello en un espacio de altísimo valor natural.

Fueron las organizaciones SEO/BirdLife, WWF España, la Fundación Oso Pardo y Gedemol las que, en septiembre de 2012, solicitaron al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que presentase una cuestión de inconstitucionalidad contra la Ley de las Cortes de Castilla y León que modificó el PORN de Montaña Palentina, al entender que la misma atentaba contra varios principios constitucionales.

Batalla judicial

Los argumentos de las entidades conservacionistas fueron acogidos desde un principio por el Ministerio Fiscal y también por los magistrados del TSJ de Castilla y León, que «han visto cómo sus sentencias anulatorias de la modificación del PORN, confirmadas por el Tribunal Supremo, han querido ser privadas de eficacia por la Ley declarada ahora inconstitucional», señalan las citadas organizaciones demandantes en un comunicado conjunto.

Y es que en el año 2006 comenzaron las primeras modificaciones del PORN, que prohibía las estaciones de esquí alpino, y la redacción de nuevas de normas por parte de la Junta de Castilla y León para permitir la construcción de la estación de esquí que, sin embargo, han sido rechazados reiteradamente por diferentes Tribunales de Justicia, hasta llegar a este definitivo del Tribunal Constitucional.

Las organizaciones conservacionistas consideran que los municipios de la montaña leonesa y palentina necesitan un fuerte impulso social y económico que contrarreste la pérdida de población y de renta que vienen padeciendo, pero esto debe hacerse sin sacrificar sus valores naturales y culturales. A juicio de las cuatro entidades, «es necesario cerrar de una vez por todas el debate de la gran estación y dejar de generar tensiones, falsas expectativas y frustración en la comarca, apostando por el desarrollo completo de los parques y la promoción de proyectos y actuaciones más dimensionados al territorio».

Ver los comentarios