Foto de un incendio forestal en la provincia de Alicante
Foto de un incendio forestal en la provincia de Alicante - EFE

El Gobierno quiere evitar que se usen los incendios para impedir obras de interés general

El proyecto de modificación de la Ley de Montes prohíbe cualquier cambio del uso forestal en montes de utilidad pública

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«Una urbanización no es una razón imperiosa de interés general». Así de tajante se mostró en declaraciones a ABC la directora general de Desarrollo Rural y Política Forestal, Begoña Nieto, ante las críticas de los grupos ecologistas de que el proyecto de modificación de la Ley de Montes al que este viernes dio luz verde el Consejo de Ministros podría abrir la puerta a desarrollos urbanísticos en terrenos incendiados.

Los ecologistas basan su acusación en que el texto aprobado por el Gobierno permite el cambio de uso forestal de un terreno incendiado cuando se den «razones imperiosas de interés público de primer orden», pero entre esas razones no están en ningún caso las urbanizaciones y, en todo caso, el proyecto de ley establece que estas razones deben quedar recogidas para cada caso en una norma autonómica con rango de ley y que esta excepción no se aplicará a los montes de utilidad pública, como explicó la ministra Isabel García Tejerina en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Hasta ahora, la actual Ley de Montes permitía cambiar el uso forestal tras un incendio solo en aquellos casos donde el procedimiento para ese cambio de uso del suelo se hubiera iniciado con anterioridad al incendio. En el resto de los casos está prohibido el cambio de uso forestal hasta 30 años después del incendio. Sin embargo, esto ha dado lugar a que en algunos casos se estén utilizando los incendios como una vía para paralizar o al menos aplazar 30 años actuaciones de interés general evitando así la expropiación de una finca, por ejemplo.

Aunque la directora general no quiso dar ningún ejemplo concreto de uno de estos casos, sí dijo que hay uno que «ha afectado a una infraestructura vital de una ciudad muy importante», si bien matizó que en cualquier caso se trata de un número reducido.

Modelos de gestión de montes

Asimismo, en aras de facilitar la gestión de los montes, el proyecto de ley simplifica su clasificación, de tal manera que un monte solo podrá pertenecer a una sola categoría, atendiendo a su titularidad, pública o privada, y a si cumple funciones o no de utilidad pública (por ejemplo, los que están situados en las cabeceras de las cuencas hidrográficas).

Además, para los montes de utilidad pública, sean públicos o privados, se mantiene la obligación general de contar con un plan de ordenación, pero para el resto valdrá con adherirse a los modelos de gestión que las Comunidades Autónomas podrán establecer en función de las características de los montes de su territorio.

Desde el Ministerio se justifica este cambio en que los procesos de ordenación son largos y costosos, por lo que al final los propietarios deciden no contar con un modelo de gestión. En este sentido, los datos aportados por el Ministerio reflejan que en 2010, solo el 12% de la superficie forestal española (28 millones de hectáreas ) estaba ordenada, de la cual un 62% era de titularidad pública y un 38% privada.

Teniendo en cuenta que el 70% de los montes en España están en manos privadas, el proyecto de ley pretende simplificar los instrumentos de gestión de los montes para sus propietarios. Así, se regula la figura de los Montes de Socios -que ocupan 1,5 millones de hectáreas en nuestro país y que son montes cuya titularidad pertenece pro indiviso a varias personas siendo alguna de ellas desconocida- para que se pueda hacer la gestión del monte sin necesidad del acuerdo de todos sus propietarios. Y se crea una nueva figura, las Sociedades Forestales, para que los pequeños propietarios forestales se puedan agrupar para gestionar y explotar esos montes porque, como recordó Tejerina, «un monte gestionado es un monte cuidado».

Estrategia Nacional de Caza

Además, el proyecto de modificación de la Ley de Montes contempla que el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, con la participación de las comunidades autónomas, elabore una Estrategia Nacional de Regulación Cinegética. La caza es competencia de las comunidades autónomas, por tanto, lo que se pretende es coordinar aspectos de la caza que afectan a más de una comunidad autónoma, como los periodos de veda, licencias de caza para varias autonomías o la regulación de la caza de especies migratorias, entre otros aspectos.

Asimismo, se crea un registro español de infractores de caza y pesca que, según García Tejerina, «nos va a facilitar el mecanismo de reconocimiento mutuo de licencias de caza y pesca entre comunidades autónomas, un aspecto muy demandado por los cazadores».

En este sentido, la ministra ha anunciado que en la próxima temporada de caza, las comunidades que hayan suscrito este acuerdo de reconocimiento mutuo (Castilla-La Mancha, Castilla y León, Madrid y Extremadura, Asturias, Galicia y Aragón) contarán con una licencia única. De esta forma, los cazadores podrán cazar en todo el territorio de esas comunidades autónomas.

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