Ayuntamiento

Sevilla aprueba la nueva regulación municipal de la plusvalía tras la sentencia del Constitucional

Gaya defiende la modificación, Adelante ve «cumplido» el mandato y el PP, Cs y Vox piden reducir más la carga fiscal

La concejal socialista Sonia Gaya, durante el pleno de este jueves Rocío Ruz

E. Barba

El Ayuntamiento de Sevilla ha aprobado en el pleno de este jueves -con el apoyo del Gobierno local del PSOE, Adelante y de la edil no adscrita-la modificación de la ordenanza fiscal del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, también conocido impuesto de plusvalía , después de que el Tribunal Constitucional anulase diversos artículos de la normativa estatal en la materia y el Gobierno central emitiese un decreto para la adaptación a la jurisprudencia del Constitucional y del Supremo. En concreto, fue el 26 de octubre de 2021 cuando fue emitida la sentencia del Constitucional que anula varios artículos de la Ley de Haciendas Locales referidos al sistema de determinación de la base imponible del citado impuesto municipal, tras lo cual el Gobierno central dictó un Real Decreto-ley adaptando la Ley de Haciendas Locales a la citada resolución judicial. Dicho decreto Ley estaba destinado a garantizar que los contribuyentes que no obtengan ganancia por la venta de un inmueble quedasen exentos de pagar, permitiendo además al contribuyente elegir entre dos opciones para la determinación de la cuota tributaria.

La edil de Presidencia y Hacienda, la socialista Sonia Gaya , ha detallado en ese sentido que la modificación acometida por el Ayuntamiento hispalense sobre el citado impuesto municipal exime de tributación en el caso de «situaciones en las que no ha habido un incremento de valor de los terrenos» y exime del pago a las transmisiones de bienes dentro del Conjunto Histórico-Artístico o que hayan sido declarados individualmente de interés cultural, siempre que se hayan realizado a cargo de sus propietarios o titulares obras de conservación, mejora o rehabilitación y los inmuebles tengan un nivel de protección de edificios singulares. En cualquier caso, el tipo impositivo se mantiene en el 26,8%, «el más reducido entre las seis principales ciudades» de España, según el Gobierno local, mientras la tabla de coeficientes es la misma que la aprobada en noviembre por el Ministerio de Hacienda.

Los métodos de cálculo

En paralelo, a la hora de la liquidación del impuesto, el programa informático de la Agencia Tributaria de Sevilla dará al contribuyente la opción de elegir el que considere más beneficioso entre dos métodos para el cálculo de la cuota tributaria . Por un lado, el régimen de estimación objetiva, donde la base imponible se fija multiplicando el valor del terreno en el momento del devengo por unos nuevos coeficientes, establecidos por la normativa estatal, en función del número de años completos transcurridos en el periodo de generación del incremento, o un coeficiente para plusvalías generadas por un periodo inferior a un año, es decir, cuando entre la fecha de adquisición y transmisión sólo han transcurrido algunos meses y que, por tanto, pueden tener un carácter más especulativo. Por el otro, el régimen de estimación indirecta permite tributar por la plusvalía real del suelo, esto es, la diferencia entre el precio de venta y el de adquisición si esta cantidad resulta inferior a la base imponible calculada según el método del sistema objetivo. La nueva regulación municipal de este impuesto equipara además a los matrimonios a las parejas de hecho, por petición de Adelante.

Durante el debate plenario, el edil de Vox Gonzalo García de Polavieja ha criticado las «prisas» del Gobierno local del PSOE, al que ha acusado de intentar «huir del debate público en una reforma de tal calado», augurando una «lluvia de reclamaciones» y señalando que Vox pide suprimir este impuesto o, al menos, «rebajarlo» todo lo posible. Por parte de Adelante, Daniel González Rojas ha defendido que esta nueva regulación «cumple el mandato» del Gobierno central y las peticiones del Consejo Económico y Social de Sevilla (CESS), señalando la enmienda introducida por su grupo para equiparar a los matrimonios y las parejas de hecho.

En el caso de Cs, su portavoz, Álvaro Pimentel, ha considerado que el tipo máximo recogido para este impuesto «es muy alto» aún, exponiendo que «en un futuro, este impuesto se debe derogar», si bien para ello es necesario que el Estado articule mecanismos que mejoren los recursos económicos de los ayuntamientos, que actualmente se nutren de este tributo. El portavoz del PP, Juan de la Rosa, ha asegurado por su parte que en la nueva regulación, el Gobierno central incluye «los coeficientes máximos para cada año», reclamando así una «bajada de la carga impositiva» de este tributo, porque aunque «Sevilla tenga un tipo impositivo bajo», tal extremo «no es excusa». «Tenemos que ser más generosos», ha enfatizado De la Rosa aludiendo a las necesidades de los contribuyentes.

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