ley del solo sí es sí

Más de una decena de violadores y pederastas, beneficiados por la ley del 'sí es sí', en Cádiz, ¿quiénes?

Un chico que abusó de su novia menor de edad en Chiclana, el violador de una niña de 8 años que era su sobrina, un sacerdote que agredió a la mujer de un amigo, un entrenador de fútbol base de Sanlúcar, un pederasta de Arcos... la lista sigue sumando

En las secciones penales de la Audiencia de Cádiz los magistrados están actuando de oficio ante una ola de revisiones

Comparecencia en el Senado del presidente del Gobierno ante la atenta mirada de la ministra de Igualdad, Irene Montero. ángel de antonio

M. Almagro

Mientras que en el ruedo político se da vueltas y vueltas sobre el acierto o no, la conveniencia o no, la oportunidad o no, la premura o no, de haber modificado una ley tan importante y delicada como la que afecta a la integridad y la libertad moral y sexual de los ciudadanos, mientras que eso sucede, en los despachos de los jueces, los que tienen que aplicar esa norma, no dejan de trabajar. Porque ellos son los encargados de atender y ordenar esos derechos, lo que tienen que disponer de la norma tal y como tienen encomendado y emplear la que hay. La que está en vigor. La que se ha aprobado.

Y esa ley, mientras que no haya cambios desde agosto es la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, más conocida como 'ley del solo sí es sí', una medida estrella del Ministerio de Igualdad, bastión de Unidas Podemos, que, según insistieron e insisten busca centrar los delitos sexuales en el consentimiento y, entre otras medidas, fusiona los anteriores delitos de acoso y abuso.

Así, y a grandes pinceladas, la ley ha provocado que el delito de agresión sexual absorba al de abuso sexual, lo que a su vez provoca que un delito que hasta ahora recogía una conducta más grave incorpore una de menor gravedad. O simplificando mucho, que para los abusos han subido los límites máximos, mientras que para las agresiones han bajado los mínimos y muchas de estas condenas que están actualmente en cumplimiento tengan que ser revisadas de nuevo por los tribunales que las decidieron por si, sea el tipo de delito que sea y sus circunstancias, se acogen a esos cambios.

Goteo continuo

Todo ello ha provocado que el goteo de revisiones, reducciones y algunas excarcelaciones de agresores sexuales haya ido cogiendo cada vez más ritmo. Tanto es así que ha generado el malestar de gran parte de la sociedad y también de los propios legisladores.

Incluso, el propio presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en una conversación informal con los periodistas a principios de diciembre y ante las alarmas que le llegaban sobre este asunto comentó que se gestaba un «retoque técnico». Y esta misma semana ya se daba por hecho que la 'reforma de la reforma' se hará. Con apoyo o sin apoyo de sus socios de Podemos, ha dicho el PSOE.

Pero mientras llega este 'retoque' lo que de momento sí hay e inamovible (no podrá haber vuelta atrás) son resoluciones. Hasta la pasada semana 278 condenados por delitos sexuales se han beneficiado en toda España por el nuevo marco de penas que recoge esta ley. Además, se ha ordenado la excarcelación de 20 personas, según datos oficiales. Y en todos estos casos los jueces explican en sus autos que en la nueva ley Orgánica 10/22 «no se establece un sistema transitorio, por lo que habrá que estar al principio de retroactividad de la ley penal mas favorable para el reo».

Así, desde que entrara en vigor la ley del 'sí es sí', los magistrados de la Audiencia Provincial gaditana, como en todos los tribunales competentes, concretamente de las secciones de jurisdicción penal: Primera, Tercera y Cuarta en Cádiz, Séptima en Algeciras y Octava en Jerez, están revisando las sentencias ejecutorias dictadas por delitos sexuales en todos sus tipos. Y acordando sus nuevas resoluciones.

Al mismo tiempo siguen recibiendo providencias de los abogados de los condenados en las que se solicita que se les aplique a sus clientes la pena mínima del tipo de delito cometido, acogiéndose al amparo que le otorga esta nueva ley. Pero sobre todo están actuando de oficio ya que la aplicación es obligatoria y hay que acordarla para aquellos procesados que estén en prisión ya que de no ajustarlas podrían caer en una negligencia a posteriori o en el propio desamparo del penado.

Los jueces están aplicando la ley más favorable al reo, tal y como dicta el Código Penal en estos casos

Y, según datos recopilados por este periódico a falta de unas cifras oficiales más actualizadas (las últimas facilitadas por la Audiencia de Cádiz son de diciembre), en los tribunales gaditanos se están revisando más de un centenar de casos. Y de todos ellos, y de momento (cambia por día) en la sección jerezana ya han producido al menos cinco reducciones y en la Cuarta en Cádiz, siete. Es justo en esta Sala donde además el cambio en la aplicación de la ley ha llevado a la excarcelación de un agresor sexual. El primero conocido en la provincia, un religioso castrense, condenado por violar a la mujer de un amigo.

También en Cádiz se ha rebajado la pena a otro condenado por agresión sexual contra una menor de edad. El procesado fue sentenciado a cumplir cuatro años de cárcel pero ahora, y a la espera de que el auto sea firme, se le ha recortado este castigo en un año.

Según ha podido saber este periódico los hechos sucedieron en 2021 en Chiclana y el agresor era pareja de la víctima. Tuvieron relaciones consentidas pero al ser ella menor y tras el cambio penal que elevó la edad de consentimiento a los 16 fue condenado por agresión sexual. Esta rebaja, si es ratificada ya que la Fiscalía la ha recurrido, le posibilita por ejemplo a tener una mayor facilidad a la hora de poder obtener permisos penitenciarios debido a la nueva liquidación de pena a la que se enfrenta.

Y también de la provincia ha salido una de las primeras rebajas que ha ratificado el Tribunal Supremo (TS) en aplicación de la nueva ley. Así, recientemente, acordaba rebajar de 13 años y 6 meses a 12 años y 6 meses la pena de prisión que se impuso a un hombre condenado por un delito continuado de agresión sexual a su sobrina de 8 años en una localidad de Cádiz. Los magistrados estimaron pertinente modificar la pena en aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual. El condenado, que se quedaba con su sobrina por las tardes mientras la madre trabajaba, realizó tocamientos a la menor entre 2018 y 2019.

La niña llegó a quejarse, pero el hombre le dijo que «o soportaba eso o su madre iría a prisión o pasarían otras cosas malas». La menor presenta síntomas depresivos y ha sido derivada a tratamiento en el Equipo de Menores Víctimas de Violencia Sexual.

También sobre un menor fue la agresión continuada que cometió un entrenador de fútbol base de Sanlúcar sobre su víctima al que amenazaba con no dejarle jugar con el resto o echarle del club sino consentía sus tocamientos y abusos. La Sección Primera de la Audiencia gaditana revisó el asunto y acordó que de acuerdo al nuevo marco punitivo de la rebaja del mínimo legal en la actual redacción, la condena inicial tenía que rebajarse ocho meses de los catorce impuestos en un principio a una pena en 13 años y 4 meses de prisión. Por tanto, se le redujo la condena en ocho meses.

Amenazada con un cuchillo

Otra causa es relativa a 2013 e iniciada en un juzgado de Arcos, para el que la Audiencia con sede en Jerez fijó una condena de 12 años de prisión por agresión sexual y uso de armas a otro hombre que violó a una menor amenazándola también con un cuchillo. Ahora, tras el cambio legal se acepta la rebaja y su castigo se queda en siete años y tres meses de cárcel.

Además, y entre otros procedimientos que están ya en cumplimiento, también se le aplica a otro condenado por tres delitos de abusos sexuales a varios menores sentenciado a 32 años de cárcel. En este caso se ha revisado una de las tres condenas y se le ha reducido la total en otros dos años.

«Era una reforma innecesaria, el consentimiento siempre ha marcado, no aporta nada», afirma una experta fuente judicial

«Era una reforma innecesaria», asegura una experta fuente judicial. «Ha generado confusión, es una norma que no tendría que haberse hecho. El consentimiento es la clave de estos delitos de toda la vida. Antes y después de la reforma es el consentimiento el que marca el delito. No era necesario», insiste.

Hay que recordar que el Consejo General del Poder Judicial advirtió en su día que la ley podría tener «un efecto no deseado» como es la reducción de penas para reos que ya habían sido condenados con sentencia firme. Sin embargo y como advertían los expertos, cuando hay una colisión entre dos normas penales cuya vigencia temporal ha sido diferente, debe aplicarse la que es más favorable para el reo. Y por ello casi 300 delincuentes sexuales en España se han beneficiado ya de la norma de Igualdad.

Como indican las mismas fuentes, el hecho de que ahora se limen algunos aspectos para evitar estas rebajas, no será retroactiva si perjudica al penado. Solo será aplicable a los hechos cometidos tras su entrada en vigor, por lo que se tendrá que seguir aplicando, si además es más favorable, por hechos anteriores.

La revisión de sentencias ha provocado ya una rebaja en la condena de más de medio centenar de casos de juzgados y tribunales de Andalucía.

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