Tribunales

Ratifican un año y diez meses de prisión para un recluso por pasar droga a otro en Algeciras

El TSJA desestima el recurso al considerar que fue pillado de manera «flagrante»

La Voz

Cádiz

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena de la Audiencia Provincial de Cádiz a un recluso del centro penitenciario de Algeciras que fue descubierto intentando pasar droga a otro interno que estaba en la celda de al lado.

Según la sentencia, recogida por Europa Press, los hechos sucedieron en octubre de 2016 cuando dos funcionarios descubrieron que el acusado estaba intentando pasar un paquete desde su celda a la celda contigua con la intención de entregárselo al otro interno.

El paquete cayó al suelo en el momento de la transacción, por lo que el acusado pidió a los auxiliares de limpieza que allí se encontraban que lo recogiesen y se lo entregasen. El paquete fue recogido por el encargado de limpieza y se lo entregó a los funcionarios del centro, descubriendo que en su interior había una bola de sustancia marrón y una bolsita con polvos blancos, que resultó ser resina de hachís y dos gramos de cocaína. Según los hechos probados, «el acusado tenía la intención de vender la droga en el interior del centro penitenciario».

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial dictó una condena de un años, diez meses y 15 días de prisión para el acusado, que presentó recurso ante el TSJA alegando vulneración de los derechos a un proceso con todas las garantías y a la tutela judicial efectiva, indebida consideración del delito como consumado, e infracción del principio presunción de inocencia.

Por su parte, el TSJA ha desestimado el recurso al considerar que el acusado «fue sorprendido de manera flagrante cuando trataba de pasar la droga a otro interno«, y lo que el tribunal de instancia declaró probado »no son impresiones subjetivas sobre lo sucedido sino la certeza que obtuvieron sus integrantes valorando las pruebas que se practicaron en su presencia«, que es precisamente la función jurisdiccional que le otorgan la Constitución y las leyes, por lo que el motivo, y con él el recurso, se han de rechazar.

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