MÁXIMA SEGURIDAD. Dos soldados americanos penetran en las instalaciones de Guantánamo. / AP
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El Supremo estadounidense invalida los tribunales militares de Guantánamo

La sentencia, que no supone ninguna excarcelación o el cierre de la prisión, concluye que Bush sobrepasó sus atribuciones al autorizar juicios de excepción

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En la encrucijada entre seguridad nacional, derechos fundamentales y prerrogativas gubernamentales planteada por el 11-S, el Tribunal Supremo de Estados Unidos sentenció ayer que el presidente, George W. Bush, sobrepasó su autoridad constitucional al autorizar pseudojuicios militares para algunos de los detenidos en la prisión de Guantánamo. La decisión del máximo órgano judicial del gigante americano, respaldada por el voto de cinco de sus magistrados contra tres, considera que estos excepcionales procesos castrenses violan tanto la legislación estadounidense como las convenciones de Ginebra que regulan el tratamiento de los prisioneros de guerra.

Este notable revés a la política antiterrorista de la Casa Blanca ha sido inspirado por el recurso formulado por Salim Ahmed Hamdan, un ciudadano yemení de 36 años identificado como guardaespaldas y chófer de Osama bin Laden. El sospechoso, que lleva cuatro años retenido en Guantánamo tras su captura en Afganistán, se encuentra acusado de un delito de conspiración para cometer delitos de terrorismo y crímenes de guerra. Delito que le podría suponer una cadena perpetúa.

Tribunal regular

En este pulso legal, los abogados de Hamdan han insistido con éxito en que su cliente debería ser juzgado por un tribunal regular militar o civil, pero no por el sistema ad hoc y sin las debidas garantías autorizado por la Casa Blanca tras el 11-S. Un procedimiento excepcional no utilizado desde el sumario procesamiento durante la Segunda Guerra Mundial de un grupo de saboteadores alemanes capturados al infiltrarse en Estados Unidos.

La sentencia del Supremo considera que los planes de usar comisiones especiales militares para juzgar a presos de Guantánamo no han sido explícitamente autorizados por el Congreso federal. Recalcándose que el sistema formulado por el Pentágono para realizar estos pseudojuicios contraviene en su «estructura y procedimientos» no sólo el Código Uniforme de Justicia Militar de Estados Unidos sino también las cuatro convenciones de Ginebra firmadas en 1949.

El nuevo magistrado jefe del Supremo, John Roberts, se ha visto obligado a recusarse de este caso, ya que había participado y respaldado la previa decisión de la corte federal de apelaciones de Washington que desestimó el recurso de Hamdan sobre la disputada legalidad de su procesamiento castrense. En su posición minoritaria, los magistrados más conservadores del Supremo han insistido en carecer de jurisdicción para extender el derecho de habeas corpus al medio millar de combatientes ilegales retenidos en Guantánamo.

Casi cinco años

La autorización de pseudojuicios militares para juzgar a terroristas extranjeros fue rubricada por Bush el 13 de noviembre del 2001, el mismo día en que las fuerzas afganas respaldas por el Pentágono expulsaron de Kabul al régimen de los talibanes. La Casa Blanca ha insistido en que estos tribunales especiales, con la posibilidad de dictar sentencias de muerte, estaban respaldados por la Justicia militar de EE. UU., la resolución especial del Congreso adoptada tres días después del 11-S y las prerrogativas constitucionales del presidente como comandante en jefe.

Sin embargo, la sentencia del Supremo -en la que el moderado juez Anthony Kennedy se ha unido a los magistrados más a la izquierda-, ha vuelto a recalcar su doctrina de que Bush, a pesar de la ofensiva de Al Qaeda no ha recibido «un cheque en blanco» en la guerra contra el terrorismo. Hace dos años, la cúpula judicial también rechazó que la Casa Blanca tuviera la autoridad para retener indefinidamente a ciudadanos sospechosos de terrorismo sin someterlos a juicio. En términos prácticos, esta sentencia obliga a establecer nuevos procedimientos para enjuiciar a la decena de combatientes ilegales en Guantánamo acusados de delitos de terrorismo, descartándose inmediatas puestas en libertad o el cierre a corto plazo de la prisión situada en territorio cubano.