Tráfico

Puedes recibir una multa de la DGT de hasta 500 euros aunque no estés conduciendo

El principal responsable de irregularidades dentro de un vehículo es el conductor, pero esto no salva a los pasajeros de recibir su correspondiente sanción

El copiloto también tiene sus responsabilidades, y se somete a sanciones. LA VOZ

LA VOZ

Cádiz

La DGT (Dirección General de Tráfico) ha informado de algunas multas que puedes recibir en la carretera aunque no estés conduciendo, aunque seas copiloto. El principal responsable de irregularidades dentro de un vehículo es el conductor, pero esto no salva a los pasajeros de recibir su correspondiente sanción.

De menor a mayor. Una sorprendente, por inusual, es la multa por no ir bien sentado en el coche. El copiloto, claro está. Eso de poner los pies en el salpicadero o sacar parte del cuerpo por la ventanilla, además de muy peligroso, está penado. La sanción económica oscila entre los 80 y 100 euros, tal y como recoge el artículo 18.

«El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos» (artículo 11.2 del texto articulado).

Multas al copiloto

En el caso de distracciones al volante, la DGT se pone seria. Porque se puede hablar con el conductor, tener una conversación, pero no distraerlo tanto que pueda originar un accidente. Así que no valen ni las discusiones fuertes ni darle un beso al chofer, porque cuesta caro. Y no nos referimos a las multas, que van desde los 100 a los 500 euros, dependiendo de la gravedad.

Si, según el criterio de los agentes, estas acciones han llegado a provocar una conducción temeraria, podrían acarrear la sanción máxima de 500 euros y la pérdida de seis puntos en el carnet de conducir.

«Nunca se ha de llevar al niño en brazos, ni utilizar el mismo cinturón de seguridad que el adulto para protegerlo. Si el menor viaja en el asiento del copiloto». Una grave falta que acarrea 200 euros de multa y pérdida de 4 euros para el conductor. Pone en serio peligro la seguridad del pequeño.

La DGT indica que estos chicos y chicas con una altura igual o superior a 1,35 cm, con 12 años de edad cumplidos, podrán ir en el asiento del copiloto en el vehículo con un sistema de retención infantil adecuado a su talla y peso, pero sólo en estos casos excepcionales:

-El vehículo no cuenta con asientos traseros.

-En caso de sí disponer de asientos traseros, pero que todos ellos estén ocupados por niños que midan menos de 1,35 centímetros.

-Que no sea posible instalar en ellos todas las sillitas infantiles.

¿Y arrojar algo por la ventanilla del coche? Pues tiene su multa y además bien grande. Es (era, por suerte) habitual lanzar la colilla del cigarro por la ventana una vez consumido. Un riesgo grave porque es la causa de muchos incendios, y puede afectar a motoristas, ciclistas y peatones. Por tanto, son 500 euros de multa y seis puntos menos. Si encima genera un incendio, pues la sanción será muchísimo más alta, con penas de prisión.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación