Cuánto tiempo le queda a tu coche para poder entrar con él en las ciudades

Las urbes de más de 50.000 habitantes tendrán que establecer zonas de bajas emisiones con el objetivo de reducir 27 millones ce toneladas de CO2 hasta 2030

La normativa que impedirá que circules con tu coche por la ciudad si tiene más de 15 años

Así es la nueva señal que prohíbe circular en las zonas de bajas emisiones

J. Bacorelle

La puesta en marcha de Zonas de Bajas Emisiones es una de las medidas cruciales para el cumplimiento del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC). Éste fija un objetivo de reducción de 27 millones de toneladas de CO2 en el sector del transporte-movilidad de aquí al 2030. La Ley de Cambio Climático y Transición Energética las ha introducido en su Artículo 14 «Promoción de la movilidad sin emisiones». Aquí se establece la obligatoriedad de su puesta en marcha en los municipios de más de 50.000 habitantes antes de 2023 (un total de 149, según datos de 2020 del INE, que suman el 53,1% de la población total de España).

Es por ello que en los próximos años los coches más antiguos y los más contaminantes tendrán que ir desapareciendo de nuestras calles y carreteras.

[La normativa que impedirá que circules con tu coche por la ciudad si tiene más de 15 años]

Desde desde consideran que las Zonas de Bajas Emisiones sirven eficazmente como herramienta clave en la reducción de las emisiones -incluidas las de CO2– y de la contaminación atmosférica provocada por el transporte y la movilidad en las ciudades, resulta necesario definir criterios homogéneos, al menos unos mínimos, para su correcta implantación . No podemos tener un mosaico de estas zonas ni unas que no sirvan para nada, sólo como simples parches para cumplir con la Ley».

Desde estas organizaciones explican además que para que las Zonas de Bajas Emisiones sean efectivas en la lucha contra el cambio climático, éstas han de tener el tamaño suficiente. De este modo, se producirá un trasvase desde la movilidad más contaminante hacia otros modos más sostenibles (ya sean vehículos cero emisiones, transporte público u otras formas de movilidad), no un efecto rebote que simplemente relocalice y traslade las emisiones a otra zona de la ciudad. En este sentido, deberán estar definidas con el objetivo de disminuir emisiones en toda la ciudad, y no solamente en la zona afectada, abriendo el camino hacia unas áreas de cero emisiones. Según su punto de vista estas zonas sólo deberían permitir el acceso a vehículos particulares, públicos y comerciales que sean cero emisiones o de bajas emisiones -que no superen los 95 g CO2/Km (WLTP) .

¿Cuánto tiempo le queda a tu coche para circular por Madrid?

Por el momento el despliegue de Zonas de Bajas Emisiones ha llegado ya a Madrid y el Área Metropolitana de Barcelona, y se completará con la regulación actual que insta a los municipios de más de 50.000 habitantes a establecer zonas de bajas emisiones.

Un total de 149 ciudades españolas tienen más de 50.000 habitantes (y aglutinan al 53% de la población del país), cifra que se aumenta a 416 si se incluyen los de más de 20.000 residentes.

Según la Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid (Madrid 360) los plazos para retirar a los vehículos más contaminantes del centro de la ciudad son los siguiente, según explican a este diario desde Legálitas:

Vehículos automóviles (turismos) sin derecho a distintivo:

Residentes (empadronados y vehículos domiciliados en Madrid capital):

2025: queda prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid.

No residentes (no empadronados o no domiciliados en Madrid capital):

2022: queda prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, pero sí podrán circular por la M-30. 2023: queda prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 y tampoco lo podrán hacer por la propia M-30. 2024: queda prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid.

Además, los no residentes en la ZBE del Distrito Centro (empadronados en Madrid capital, pero no residentes en dicha zona, desde el 1 de enero de 2022 ya no pueden acceder a la misma, a excepción de los comerciantes que tengan un local en esta zona.

También gozarán de la oportuna excepción los coches clásicos que sí podrán circular por la ZBE del Distrito Centro, pero, sin poder aparcar en la calle, debiendo utilizar un parking público o privado, a no ser que tengan una antigüedad superior a 50 años .

Por último, hay que tener en cuenta que, las citadas restricciones, únicamente, se aplican a automóviles turismos, por tanto, las motocicletas, ciclomotores, furgonetas y camiones podrán acceder y circular por la ZBE de Madrid con independencia de su clasificación medioambiental hasta el 1 de enero de 2025.

Vehículos con etiqueta B:

Residentes (empadronados y vehículos domiciliados en Madrid capital), de momento, no tendrán restricciones.

No residentes (no empadronados o no domiciliados en Madrid capital):

2023: queda prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, pero sí podrán circular por la M-30.

Además, de estas restricciones, existen las específicas a diversas zonas de bajas emisiones , como, es, por ejemplo, la ZBE de Distrito Centro, donde, sólo pueden acceder y circular libremente los coches o vehículos con etiqueta ECO y CERO, mientras que los que tengan distintivo B y C, únicamente, tienen permitido el acceso si van directamente a un parking.

Del mismo modo la ZBE de Plaza Elíptica , que, precisamente, está fuera de la M-30, no permite el acceso a ningún vehículo sin etiqueta, incluso, aunque estén dados de alta en el padrón municipal de la capital, si bien, están exentos de las limitaciones los residentes, los comerciantes y otros vehículos como los de servicio.

Por lo que respecta a las posibles sanciones, hay que tener en cuenta que, con la nueva reforma de la Ley de Seguridad Vial , las infracciones por acceder a zonas restringidas de bajas emisiones serán consideradas graves y su importe podrá ser de 200 euros.

Ordenanza en Barcelona

Por lo que respecta a la ciudad de Barcelona, toda la capital e, incluso, parte del conocido, como, cinturón metropolitano, han sido declarados Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de la Ciudad Condal , y, desde el 1 de enero de 2020, no permite el acceso a los vehículos sin etiqueta entre las 07:00 y las 20:00 horas, de lunes a viernes, mientras que sí se permite su acceso fuera del horario fijado.

Engloba toda la ciudad de Barcelona comprendida entre la Ronda de Dalt y la Ronda del Litoral, y parte o la totalidad de los municipios de L'Hospitalet de Llobregat, Cornellà de Llobregat, Esplugues de Llobregat y Sant Adrià de Besòs. Por el contrario, quedan fuera de la ZBE Rondas de Barcelona los barrios de Vallvidrera, el Tibidabo y les Planes, y la Zona Franca.

Tanto, la Ronda de Dalt, como, la Ronda Litoral, están libres de restricciones de circulación, por lo que, todos los vehículos pueden circular sin problemas (incluidos los que no tienen etiqueta). Lo que no está permitido, para los vehículos más contaminantes, es tomar una salida y moverse por las calles de la ciudad incluidas en la ZBE Rondas de Barcelona.

Pese a estas restricciones horarias, tan estrictas, los vehículos que estén matriculados fuera del área metropolitana de Barcelona tendrán derecho a solicitar autorizaciones diarias y con un máximo de 10 veces al año.

Igualmente, tendrán derecho de acceso los vehículos destinados al transporte de personas con movilidad reducida, si bien, previamente, el titular del vehículo debe registrarlo en el Registro metropolitano de vehículos autorizados en las ZBE de la AMB. Del mismo modo, se permitirá la circulación de autobuses y autocares grandes (M3) hasta el 30/6/2022.

En otras ciudades

La Dirección General de Tráfico ha publicado una instrucción sobre Zonas de Bajas Emisiones y otras regulaciones de acceso a los vehículos en área urbana en la que se crea la señal vertical de ZBE e invita a las entidades locales a que comuniquen a la DGT estas áreas , así como otras regulaciones de acceso a los vehículos que establezcan en sus municipios para incorporarla a la plataforma DGT 3.0 y poder difundir esa información en tiempo real y gratuito a todos los conductores.

La norma dispone que los municipios de más de 50.000 habitantes - así como los de más de 20.000 con incumplimientos en materia de calidad del aire- y los territorios insulares, deberán establecer zonas de bajas emisiones antes de 2023. El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico trabaja ya en unas Directrices para el establecimiento de ZBE que facilitarán su desarrollo en el marco de lo previsto en la Ley.Por lo tanto, los conductores deberán prestar atención a la nueva señal vertical que identifica las áreas en las que se restringe el acceso a todos aquellos vehículos que no dispongan de etiqueta medioambiental. La señal indica que a estas áreas de bajas emisiones solo podrán acceder, por tanto, los modelos con la etiqueta C, ECO y CERO.

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