Piden cuatro años de prisión para la madre que lanzó a su bebé por la ventana

La acusada ocultó el embarazo y dio a luz en el baño. El niño no sufre secuelas

Santiago Actualizado: Guardar
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La madre acusada de lanzar a su bebé desde la ventana de su dormitorio justo después de dar a la luz se sentará mañana en el banquillo de la Audiencia Provincial de Pontevedra. El fiscal pide para ella tres años y nueve meses de cárcel por un delito de asesinato en grado de tentativa en el que tiene en cuenta el «estado de nerviosismo y shock emocional» en el que se encontraba la mujer como consecuencia de su percepción del entorno y de la falta de planificación del embarazo, que «afectaba a su capacidad intelectiva y volitiva», aún «sin anularlas».

El fiscal tiene en cuenta en su petición «el estado de nerviosismo y shock emocional» de la acusada

Según el relato de los hechos aportado por el Ministerio Público, la acusada dio a luz en el baño de su vivienda en julio del 2014 después de ocultar su estado de gestación a su familia y al padre de la víctima.

Una vez se produjo el nacimiento, la madre lanzó al recién nacido por la ventana con la intención, apunta el fiscal, de «acabar con su vida» y «ocultar el nacimiento». Como resultado de fuerte impacto, el bebé sufrió lesiones por las que tuvo que ser hospitalizado y de las que tardó más de un mes en recuperarse. Pese a todo, no padece lesiones derivadas del golpe ni problemas físicos ni neuronales.

El padre del menor renunció tras la detención de su expareja a cualquier compensación de tipo económico que le pudiese corresponder. La madre, por su parte, tiene prohibido aproximarse o comunicarse con su hijo por cualquier medio en un tiempo de cinco años. El Ministerio Público también pide la privación de la patria potestad sobre el menor con prohibición de aproximarse a él, su domicilio, lugar de trabajo o colegio o cualquier otro frecuentado por él a una distancia inferior a 200 metros.

Acuerdo de las partes

El escrito de acusación fue realizado con la conformidad de la acusada —que responde ante los hechos en concepto de autora— y su abogado, quienes firman este escrito en prueba de ello, por lo que en principio no será necesaria la citación de los testigos ni de los peritos.

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