Imagen de Gabriela Bravo, a la izquierda, en un acto celebrado en Alicante
Imagen de Gabriela Bravo, a la izquierda, en un acto celebrado en Alicante - JUAN CARLOS SOLER
Tribunales

El TSJ estima la primera demanda del PP contra el Consell por denegarle información

El tribunal reconoce la vulneración del derecho fundamental a la información y condena en costas a la Generalitat

VALENCIA Actualizado: Guardar
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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha estimado la primera demanda interpuesta por el PP contra el Consell por denegación documental y obliga a la Consellera de Justicia, Gabriela Bravo, a entregarle la información requerida, además de condenar en costas a la Generalitat.

Los populareshabían solicitado en octubre del año pasado un informe del traspaso del anterior Gobierno a la Conselleria de Justicia, en el que se encontraban 3.200 ordenadores que el nuevo Ejecutivo había criticado por no estar en funcionamiento cuando en este momento se encuentran en uso.

El PP también pidió la auditoría interna en Justicia, que supuestamente se encargó al asumir Gabriela Bravo las competencias y que no les fue facilitada.

En el caso del informe, éste fue entregado al PP tras interponerse el recurso contencioso-administrativo, mientras que respecto a la segunda, la auditoría la Conselleria se opuso y alegó que no existía como tal puesto que se trataba de «una iniciativa del Consell en relación no solo al ámbito de este departamento, sino de toda la Generalitat».

Sin embargo, el ministerio fiscal consideraba que la respuesta de la conselleria implicaba una obstrucción al ejercicio de las funciones de un cargo público y que se estaba incurriendo en una infracción del artículo 23 de la Constitución Española, por lo que reclamaba que se estimase la demanda del PP.

El TSJCV la estimó y en la sentencia reconoce la vulneración del derecho fundamental a la información. En el caso del informe, concluye que se ha producido la pérdida sobrevenida del objeto puesto que ya se había entregado la documentación requerida.

En cuanto a la auditoría, todavía pendiente, indica que, no negada la existencia de la misma, «carece de trascendencia, a los efectos de facilitar la información requerida, el hecho de que la realización de ésta fuera consecuencia de una iniciativa de la conselleria o del Consell».

La diputada María José Ferrer San-Segundo ha subrayado que la sentencia es «clarísima» e indica que la obstrucción de la conselleria es «injustificable»: «Esta es la primera resolución y seguramente no será la última porque hemos interpuesto más procedimientos judiciales por obstrucción a la información, que es algo que paradójicamente tanto se achacaba al anterior Consell» del PP, ha advertido.

Recurso de la Conselleria

Por su parte, Justicia se encuentra estudiando la posibilidad de recurrir la sentencia. Gabriela Bravo ha manifestado que, «desde el respeto que merecen todas las resoluciones judiciales», no comparte el fallo de la misma dado que es de imposible ejecución.

Dicho documento, insiste, «no se elaboró jamás». «La Conselleria no puede entregarle a una diputada un documento que, sencillamente, no existe. El grupo parlamentario popular recibió la documentación solicitada relativa al estado de ejecución de determinadas partidas del presupuesto durante la anterior legislatura, en concreto, la referida a la adquisición de equipo informático», ha explicado.

Respecto a la segunda petición, ha señalado que el concepto 'auditoría' se utilizó en términos políticos, «pero el informe como tal no se elaboró y, por tanto, no podía ser entregado».

En su primera comparecencia ante el pleno de las Cortes el 17 de septiembre de 2015, Gabriela Bravo afirmó: «Y he ordenado la auditoría, claro que la he ordenado. Fue la primera decisión que adopté cuando llegué a la Conselleria».

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