Alicante

Doce años de cárcel para un hombre que violó a su suegra de 83 y lo grabó en vídeo

El condenado era uno de los cuidadores de la anciana y almacenaba las imágenes de los abusos en su ordenador

Imagen de archivo del TSJCV ABC

ABC

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha condenado a doce años de cárcel a un hombre acusado de violar a su suegra , de 83 años de edad, y grabar en vídeo la agresión sexual.

De acuerdo con el fallo facilitado por el TSJCV, el condenado era uno de los cuidadores de la madre de su mujer , que sufría un deterioro congnitivo y motor que le hacía absolutamente dependiente.

Según declaró probado en su día un tribunal ilicitano, y ha confirmado ahora la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV, el procesado, "movido por un ánimo libidinoso", realizó tocamientos en los genitales de su suegra, a la que según la sentencia introdujo los dedos en la vagina tras prevalerse de su "avanzada edad" y de su "especial vulnerabilidad". Todo ello lo grabó en vídeo y almacenó las imágenes en su ordenador. Las imágenes fueron descubiertas por su mujer e hija de la víctima. Los hechos sucedieron en octubre de 2015 en Elche.

El TSJCV desestima el recurso presentado por el acusado ante la Audiencia de Alicante y confirma la condena de siete años de cárcel por abuso sexual continuado y otros cinco años de prisión por explotación sexual y corrupción .

El procesado reconoció los abusos tanto durante la instrucción del proceso como en el propio juicio, hasta el punto de que su defensa se adhirió al escrito de acusación formulado por la Fiscalía, tal y como se recoge en el fallo.

La Audiencia de Alicante le condenó a 7 años de cárcel, 15 de alejamiento y 9 de libertad vigilada por un delito continuado de abuso sexual con la atenuante de confesión, y le impuso la obligación de participar en programas de educación sexual.

Igualmente, decretó que cumpliera las mismas penas de alejamiento y de libertad vigilada, junto con otros 5 años de prisión, como autor de un delito de explotación sexual, al tiempo que reconoció una indemnización de 20.000 euros a favor de la víctima.

Pese al reconocimiento explícito de su culpabilidad, el condenado recurrió ese fallo en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia valenciano y solicitó ser absuelto, al entender que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia.

Su defensa alegó en el recurso de apelación ahora desestimado que los vídeos de los abusos intervenidos en el ordenador de su cliente constituían una prueba ilícita y no podía ser tenida en cuenta.

El TSJCV le da parcialmente la razón al considerar que el presidente del tribunal que le juzgó no debería haber vetado el planteamiento de la posible nulidad de esa prueba en el trámite de cuestiones previas.

Sin embargo, tras analizar el fondo de la cuestión , los magistrados han llegado a la conclusión de que la obtención de los vídeos no vulneró su derecho a la intimidad.

En este sentido, la sentencia de apelación refleja que el ordenador era propiedad de toda la familia y no suyo exclusivamente , y que las imágenes fueron descubiertas por su esposa e hija de la víctima, quien presentó la correspondiente denuncia ante la Policía.

En cualquier caso, él mismo reconoció los hechos en dos comparecencias ante el juez que instruyó la causa, una de ellas celebrada antes de que la Policía presentase su informe con el análisis de los vídeos, así como en el acto del juicio oral.

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