Alfonso Centeno delante de la puerta del TSJCyL
Alfonso Centeno delante de la puerta del TSJCyL - ICAL

El TSJCyL sobresee la investigación sobre el viaje a Japón de Alfonso Centeno

El alto tribunal de la Comunidad no ve constitutivo de delito porque considera demostrado que el viaje no fue pagado por Isolux-Corsan, adjudicataria de las obras de Diputación de Valladolid

Valladolid Actualizado: Guardar
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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha sobreseído provisionalmente la investigación abierta por la supuesta comisión de un delito de cohecho contra el procurador del PP y alcalde del municipio vallisoletano de Olmedo, Alfonso Centeno.

El TSJCyL ha determinado que los hechos investigados no son constitutivos de delito, porque considera demostrado que el viaje a Japón en cuestión no fue pagado por la constructora Isolux-Corsan, adjudicataria de obras en la etapa en la que Centeno era vicepresidente de la Diputación de Valladolid, sino que "lo hizo el propio procurador".

Recuerda el juez que Centeno ha aportado prueba documental de que pagó su viaje y el de su mujer, mientras que los correos electrónicos de la empresa en los que se dejaba entrever que podía haber pagado ambos viajes "no implican ni reflejan en absoluto el abono de los gastos a él correspondientes por parte de la empresa".

"Las facturas pendientes a cargo de ésta y la forma de pago a que alude la agencia de viajes no se dice en ningún momento, ni cabe presumir, que se refieran, entre todas las personas de cuyo viaje se trataba, precisa y concretamente al aforado", detalla el magistrado Antonio César Balmori, quien además considera que de confirmarse el hecho delictivo de cohecho estaría prescrito, al haber superado ya los 10 años.

El juez abunda en que lo único que escaparía de la prescripción sería la posible prevaricación, es decir, que la empresa hubiera pagado el viaje a Centeno como contraprestación "por una concesión o adjudicación adulterada", en cuyo caso el periodo de prescripción se eleva a los 15 años.

"El juez no instruye para ver si hay indicios de delito, sino porque los hay, y esta distinción, aplicada al caso que nos ocupa, condiciona los pasos a dar, teniendo en cuenta que no consta que nadie, ahora ni a lo largo de diez años, haya ejercitado la acción pública, popular o particular por la detección o sospecha de delito en ninguno de los expedientes cuya relación se ha unido a los autos", explica el juez en su escrito.

Ante esta situación, el magistrado ha defendido el sobreseimiento de la causa y ha dictado además que la Guardia Civil deje sin efecto la solicitud de informe sobre la identidad, situación actual y localización de personas vinculadas con los contratos investigados inicialmente para comprobar si había alguna actuación potencialmente ilícita de Centeno respecto a Isolux-Corsan.

Contra esta decisión del juez cabe recurso de reforma ante el propio instructor en los próximos tres días y de apelación ante la Sala en cinco días.

La investigación abierta contra Centeno motivó que el pasado 6 de junio, un día antes de que acudiera a declarar ante el TSJCyL por este caso, el Comité de Derechos y Garantías del PP de Castilla y León le abriera un expediente informativo.

Los hechos investigados se remontan al verano de 2007, cuando Centeno viajó en compañía de su esposa y dos empresarios junto a sus parejas a Japón, con un precio por persona de unos 5.752 euros, que el procurador del PP ha sostenido desde el principio que había pagado de su bolsillo, en lugar de la compañía Isolux-Corsan, como pretendía investigar la Fiscalía.

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