Confinan los municipios segovianos de Cantalejo y Carrascal por la alta incidencia del Covid-19

La Junta de Castilla y León ha acordado la medida, pendiente de la ratificación judicial, para los próximos 14 días

ABC

La Junta de Castilla y León ha acordado este viernes solicitar el confinamiento de las localidades segovianas de Cantalejo y Carrascal del Río , como consecuencia de los brotes por la Covid-19 registrados en las últimas horas.

Así lo ha resuelto solicitar al juzgado la Administración autonómica, en la misma línea de lo ocurrido días atrás con las localidades vallisoletanas de Pedrajas de San Esteban e Íscar o con la burgalesa de Aranda de Duero, cuyos vecinos han estado en esta situación por espacio durante dos semanas.

Según los últimos dados dados a conocer por la Consejería de Sanidad, la Zona Básica de Salud de Cantalejo tiene 59 casos de Covid-19 diagnosticados durante los últimos siete días, lo que deja una t asa de incidencia de 61,18 por cada 10.000 tarjetas sanitarias .

Precisamente en Carrascal del Río, con apenas 150 habitantes se ha declarado ya tres brotes activos de coronavirurs en los últimos días con cerca de una veintena de personas de diversas localidades del entorno vinculados a ellos. De hecho, ante esta situación, la alcaldesa ha dictado un bando este lunes en el que llama al confinamiento voluntario de la población para intentar frentar el avance de la enfermedad.

La Junta ha tomado esta decisión «ante la situación epidemiológica de declaración de brotes y casos» en Cantalejo y de Carrascal del Río «y con el fin de evitar una posible expansión descontrolada de la infección por SARS-CoV-2». El aislamiento y el reto de medidas entrarán en vigor este sábado, 22 de agosto.

La decisión incluye la restricción de la «libre entrada y salida de personas de los municipios» salvo los desplazamientos, «adecuadamente justificados» por asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales o empresariales; retorno al lugar de residencia habitual; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; por causa de fuerza mayor o situación de necesidad; y cualquier otra actividad de análoga naturaleza.

Lo que sí podrán hacer las personas residentes en ambos términos es cirular por ellos, pero «se desaconseja los desplazamientos y realización de actividades no imprescindibles»

Sí se permite la circulación por carretera y viales que transcurran o atraviesen el territorio de dichos municipios, siempre y cuando tengan origen y destino fuera de los mismos.

Además, quedan suspendidas las visitas en los centros residenciales de personas mayores que pudieran ubicarse en esos municipios salvo circunstancias individuales, en las que sean de aplicación medidas adicionales de cuidados y humanización, a adoptar por la dirección del centro. Asimismo, se suspenden las salidas de los residentes al exterior.

La participación en cualquier agrupación o reunión de carácter privado o no regulado en dichos municipios se limitará a un número máximo de diez personas, tenga lugar tanto en espacios públicos como privados, excepto en el caso de personas convivientes.

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