Canarias amplía a los adultos el servicio de cardiopatías congénitas de La Paz

El Ejecutivo isleño ultima cambios en el convenio con este hospital para incluir al Negrín

Las Palmas de Gran Canaria Actualizado: Guardar
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El Gobierno de Canarias ya tiene encima de la mesa el dictamen solicitado por el presidente Fernando Clavijo en relación con el borrador de la adenda del convenio de colaboración firmado en 2013 con el Hospital Universitario La Paz de Madrid, en materia de asistencia sanitaria a los pacientes pediátricos con cardiopatías congénitas del Archipiélago.

Clavijo requirió el citado dictamen sobre la adenda para cambiar el convenio el pasado 28 de octubre de 2015, si bien el borrador como tal estaba redactado desde el 10 de junio. Compuesta por siete cláusulas, esta adenda extiende la aplicación del servicio de La Paz a «la población adulta con cardiopatías congénitas» de toda el Área de Salud de Gran Canaria. Actualmente, el contenido del convenio se limita a asistir a los niños con patologías coronarias congénitas del Hospital Universitario Insular de Gran Canaria.

De paso, el Ejecutivo quiere actualizar a los «firmantes» del mencionado convenio, que se logró en gran medida después de una campaña de presión ciudadana desatada tras el anuncio de la Consejería de Sanidad encabezada por la nacionalista Brígida Mendoza, de prescindir de este servicio en el hospital grancanario.

El dictamen del Consejo Consultivo canario lo deja claro: «Después de la fecha de este borrador de adenda, no se ha tenido en cuenta el cambio de Gobierno efectuado con posterioridad a las elecciones autonómicas celebradas el 24 de mayo de 2015, lo que debería tener repercusión en cuanto a los titulares de los órganos que figuran como firmantes en el encabezamiento».

El vigente convenio de colaboración entre el Servicio Canario de la Salud (SCS) y la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por el que se da asistencia sanitaria a los pacientes pediátricos con cardiopatías congénitas de las Islas, fue formalizado «previa oportuna tramitación» el 10 de diciembre de 2013, precisa el dictamen.

Desplazamiento

Tiene por objeto, conforme dispone su cláusula primera, «complementar» la asistencia sanitaria a dichos pacientes pediátricos con cardiopatías congénitas, usuarios del Materno Infantil de la isla, mediante «el desplazamiento programado y urgente» de un equipo de trabajo multidisciplinar de La Paz, a determinar por las direcciones médicas de los centros en virtud del «tipo de intervenciones a realizar», así como «capacitar» a los especialistas del complejo hospitalario canario sobre la atención a la cardiopatía congénita pediátrica, concreta.

Igualmente, las cláusulas segunda, tercera y cuarta, establecen, respectivamente, los compromisos que asumen el Servicio Madrileño de Salud, a través del citado Hospital, y el SCS. Así, contempla tanto los objetivos de carácter asistencial al regular la forma de prestación, «programada y urgente», puntualiza, como los de carácter formativo, ya que incluye la capacitación de equipos multidisciplinares. En síntesis, el convenio incorpora también las condiciones económicas, cuyo coste asume el SCS, la creación de una Comisión Mixta de Seguimiento, el plazo de vigencia y causas de resolución.

Antes de firmarse, el «texto definitivo» de la adenda debe remitirse al Parlamento de Canarias para su aprobación y luego comunicar el acuerdo a las Cortes Generales, que podrá calificar este «instrumento de cooperación horizontal atendiendo a su contenido», señala el dictamen que informa favorablemente del trámite.

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