Desestimada la querella que pretendía apartar del caso Cursach al fiscal y al instructor de la causa

La Audiencia Provincial de Palma vuelve a denegar la puesta en libertad del conocido empresario mallorquín, en prisión provisional desde marzo

El empresario Tolo Cursach, a su llegada en un furgón policial a los juzgados de Vía Alemania de Palma EFE

JOSEP MARÍA AGUILÓ

La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB) ha dictado este lunes un auto en el que desestima la querella presentada contra el fiscal y el juez instructor del caso Cursach , Miguel Ángel Subirán y Manuel Penalva, respectivamente, por presunta falta de imparcialidad. El objetivo último de la citada denuncia , presentada en agosto por la hermana de un investigado en este proceso, era que el fiscal y el juez fueran apartados de la causa. La resolución del TSJIB no es firme, por lo que cabe la posibilidad de presentar un recurso de súplica ante ese mismo tribunal.

El caso Cursach es una derivación de la macrocausa en la que el juez Penalva y el fiscal Subirán investigan la presunta existencia de una trama de corrupción en el seno de la Policía Local de Palma y de Calviá. Formarían también parte de la citada trama antiguos dirigentes locales del PP y funcionarios de distintas administraciones. Según los investigadores, el principal empresario del sector del ocio nocturno en Baleares, Tolo Cursach , habría contado durante años con la «protección» de policías, cargos políticos y funcionarios, que habrían favorecido sus negocios a cambio de dádivas y regalos.

En el auto del TSJIB hecho público esta mañana, se recuerda que en la querella presentada el pasado verano se afirmaba que ni el fiscal ni el juez habrían actuado «con la imparcialidad con la que debe regir su actuación profesional». Los tres jueces de la Sala señalan, sin embargo, que no les concierne ahora si Subirán y Penalva « deben ser apartados del proceso por haber perdido su necesaria imparcialidad, cuestión que debe resolverse en el correspondiente incidente —de recusación— finalmente planteado por alguna de las partes en aquel proceso».

Un voto particular

Por otro lado, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma ha dictado este lunes un auto en el que ha acordado que Cursach deberá seguir por ahora en la cárcel , en donde se encuentra de forma preventiva desde marzo de este año. La Sala ya denegó en junio poner en libertad al empresario.

La decisión del tribunal no ha sido ahora unánime, pues la magistrada Samantha Romero ha emitido un voto particular en el que considera que, teniendo en cuenta todas las circunstancias previas del caso, resultaría proporcionada la modificación de la prisión provisional de Cursach, « fijando una fianza millonaria acorde con su capacidad económica », así como estableciendo otras medidas cautelares, que serían la obligación de comparecer ante el órgano instructor con una periodicidad diaria, la retirada del pasaporte y la prohibición de salir de Mallorca.

Cabe recordar que el pasado 1 de diciembre se había celebrado una vista previa en la Audiencia Provincial en la que el abogado de Cursach, Enrique Molina , había solicitado que su cliente fuera puesto en libertad. La Fiscalía, por su parte, se había opuesto a esa petición, al entender que existiría un posible riesgo de fuga o de alteración de pruebas.

Dos recusaciones

Más allá de la decisión del TSJIB de que por ahora el juez Penalva y el fiscal Subirán continúen en el caso Cursach, cabe recordar que el pasado mes de noviembre dos abogados vinculados a este proceso presentaron sendas recusaciones contra el juez, al considerar que no habría actuado con la objetividad que precisa el desarrollo de cualquier proceso de instrucción. A la espera de que se resuelvan estos dos incidentes de recusación, Penalva sólo podrá tomar resoluciones urgentes. Si la recusación fuera finalmente aceptada por la Audiencia Provincial, la causa pasaría a ser asumida entonces por otro magistrado.

Uno de los dos incidentes de recusación fue presentado por el abogado de uno de los colaboradores más próximos de Cursach, Bartomeu Sbert. En su escrito, dicho letrado señalaba que «las resoluciones dictadas por el magistrado han perdido toda razonabilidad jurídica y muestran no sólo su interés, sino su obsesión». En ese sentido, existiría una enemistad manifiesta con las partes por parte del juez, quien además tendría un interés directo o indirecto en este caso. Para avalar esa tesis, el abogado de Sbert hacía referencia, entre otras cuestiones, a los mensajes de «whatsapp» que la testigo protegida número 31 —considerada clave en el caso— intercambió no sólo con el juez, sino también con el fiscal y con agentes del Grupo de Blanqueo de Capitales de la Policía Nacional.

La existencia de los mencionados «whatsapps» fue conocida a finales de noviembre, cuando trascendió que la citada testigo clave se había puesto en contacto con un abogado de la causa, Vicente Campaner , para darle una versión radicalmente distinta de la que hasta entonces ella misma había ofrecido sobre los hechos investigados. Así, esta mujer denunció ante Campaner que habría sido «coaccionada» por el juez y el fiscal, quienes presuntamente le habrían dado indicaciones para que declarase contra varios policías que luego serían imputados. En el enésimo giro de este caso, la testigo negó luego en un canal de televisión estatal que se hubiera reunido con Campaner. Sin embargo, un vídeo grabado sin que la mujer lo supiera demuestra que ese encuentro se produjo.

Supuestas coacciones

En cualquier caso, Campaner y otro letrado, José Ignacio Herrero, habían presentado el 23 de noviembre un escrito ante el TSJIB en el que ponían en conocimiento de dicho órgano judicial las presuntas coacciones que habría sufrido esta mujer por parte del juez y el fiscal. El escrito se acompañó de unas grabaciones hechas por la propia testigo —de manera oculta— en el despacho del magistrado y por los citados «whatsapps». Toda esa documentación se presentó par a intentar demostrar la presunta existencia de presiones para que dicha testigo declarase en un determinado sentido en sus comparecencias judiciales.

En el escrito remitido al TSJIB por los abogados Campaner y Herrero, se pedía la adopción de varias medidas cautelares, en concreto, la detención del juez y del fiscal del caso, así como también que se retirase a ambos el actual permiso que tienen para portar armas y que además fueran puestos en libertad determinados presos preventivos. Con posterioridad, Herrero fue uno de los dos letrados que, como se ha señalado ya, presentaron un incidente de recusación contra el juez Penalva por presunta falta de imparcialidad.

La petición de que fueran adoptadas medidas cautelares contra el juez Penalva y el fiscal Subirán fue desestimada por el TSJIB el pasado 28 de noviembre. La Sala señaló, en un auto inusualmente duro, que «la petición de medidas en cuestión cursa con eminente desprecio de la independencia judicial constitucionalmente consagrada a favor de los jueces que tomaron tales decisiones, a reserva de que quepa su anulación o revocación por vía de recurso». En esa misma línea, se añadía que «al solicitar semejantes medidas se desconoce, olvida, o silencia, que no es posible dirigir instrucciones ni prevenciones a los jueces sobre el modo de decidir, salvo la potestad de revisar sus decisiones».

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