Impuestos

Aragón festeja Todos los Santos abaratando la muerte con una rebaja del Impuesto de Sucesiones

Entra en vigor la reforma impositiva que hace menos caro heredar tras la muerte de un cónyuge, padres o hijos

D. A.

Aragón ha hecho coincidir este año la festividad de Todos los Santos con una rebaja del impuesto de Sucesiones , directamente ligado a la muerte al aplicarse sobre las herencias, las denominadas transmisiones «mortis causa» . Esta rebaja impositiva fue aprobada el 6 de septiembre por las Cortes regionales -tras haber sido pactada entre PSOE y Ciudadanos- y se dispuso que entrara en vigor el 1 de noviembre, festividad de Todos los Santos.

Se calcula que, con esta rebaja tributaria, el Gobierno aragonés dejará de ingresar entre 40 y 45 millones de euros al año . Aragón era, hasta ahora, una de las regiones en las que más caro salía heredar, por la alta presión fiscal que se aplicaba y que ahora queda suavizada con la entrada en vigor de esta reforma tributaria.

Quienes fallezcan desde este 1 de noviembre, disfrutarán de una reducción del 100% en la adquisición «mortis causa» que corresponda al cónyuge o descendientes de las personas que mueran en esta región y, además, la norma equipara la pareja estable no casada al cónyuge, según la regulación y requisitos del Código de Derecho Foral de Aragón.

La nueva ley contempla una mejora en la reducción a favor del cónyuge, ascendientes y descendientes. De esta manera, se incrementa el importe límite de la reducción prevista a favor del cónyuge, los ascendientes y descendientes del fallecido de 150.000 euros a 500.000 euros (que en el caso de discapacidad entre el 33% y el 65% va desde los 175.000 euros a los 575.000, sin límite de patrimonio preexistente). En el caso de los hermanos, la reducción se eleva hasta los 15.000 euros.

En el caso de la vivienda habitual, la reforma de la ley incluye una reducción del 100 %, con el límite de 200.000 euros, y una bonificación del 65% de la cuota en el caso de aquéllas cuyo valor es inferior a 300.000 euros.

Por lo que respecta a las empresas y negocios familiares, la reforma de la ley contempla una reducción del 99% para cónyuge, ascendientes y descendientes. En el caso de causahabientes distintos, la reducción será del 50% (70% supuestos entidades de reducida dimensión). Y para creación de empresa o negocio, 50%.

Además, en el caso de que el causante sea víctima de violencia de género y actos de terrorismo, se establece una reducción del 100% para cónyuge, ascendientes y descendientes.

Novedades en donaciones

Por lo que se refiere a las donaciones, la reforma contempla una reducción propia relativa a las donaciones de dinero a favor de los hijos para la adquisición de primera vivienda habitual en alguno de los municipios de la Comunidad Autónoma de Aragón. Se otorgará al donatario el derecho a la aplicación de una reducción de hasta 250.000 euros (donaciones acumuladas cinco años), siempre que el patrimonio preexistente del contribuyente no supere los 100.000 euros.

En cuanto al cónyuge e hijos, se incluye una bonificación del 65% para donaciones igual o inferiores a 500.000 euros (donaciones acumuladas cinco años).

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