Raquel Tenías (derecha) junto al alcalde de Zaragoza, Pedro Santisteve, que acudió a apoyarla durante el juicio
Raquel Tenías (derecha) junto al alcalde de Zaragoza, Pedro Santisteve, que acudió a apoyarla durante el juicio - Efe
Tribunales

Absuelta la militante aragonesa de IU acusada de atentado y desórdenes

Fue juzgada por los incidentes que se produjeron en Madrid en las «Marchas por la Dignidad» de 2014

Madrid Actualizado: Guardar
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Un juzgado de Madrid ha absuelto a la activista y militante de Izquierda Unida y Zaragoza en Común (ZEC) Raquel Tenías en la causa en la que el fiscal pidió para ella cuatro años de cárcel acusada de lanzar objetos contra la Policía y la Embajada de Francia durante las Marchas por la Dignidad el 22 de marzo de 2014.

En una sentencia el Juzgado de lo Penal número 13 de Madrid absuelve a Raquel Tenías y a otra acusada por los mismos hechos de los delitos de desórdenes públicos y atentado contra agentes de la autoridad y de una falta de daños, por los que se enfrentaban a dicha solicitud de pena por parte de la Fiscalía.

El juez declara probado que no se considera acreditado que el 22 de marzo de 2014, sobre las nueve y cuarto de la noche, las acusadas arrojaran piedras, botellas y otros objetos al edificio de dicha embajada, a policías nacionales y a los vehículos policiales que acudieron al lugar en la calle de Salustiano Olózaga de Madrid con ocasión de las manifestaciones del 22M.

Añade que los policías emprendieron una persecución del grupo de personas que protagonizaron estos incidentes pero para el juez no se ha probado que participaran en los mismos las acusadas ni que arrojaran vallas metálicas al suelo para dificultar la intervención policial.

El juez recuerda que las acusadas negaron en el juicio, celebrado el pasado 25 de noviembre, haber arrojado objetos a la embajada y a los agentes.

Fundamenta que sus declaraciones fueron «vertidas con firmeza y eran coherentes con lo manifestado por ambas en la fase de instrucción».

«La prueba de cargo contra las acusadas prácticamente se reduce a las declaraciones de los agentes que procedieron a su detención siendo abundante la prueba testifical de descargo que ratifica lo manifestado por las acusadas», agrega.

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