Asedio al Parlament

La Ley obliga a Conde-Pumpido a abstenerse porque opinó siendo fiscal general

La Ley del Poder Judicial impide a un magistrado resolver un caso con el que previamente ha tenido relación

En 2011 lo criticó siendo responsable del Ministerio Público

Conde-Pumpido J.M. Serrano Becerra / Vïdeo: Conde Pumpido: "La independencia puede convertirse en un acto interno, pero sin ningún efecto jurídico"
Manuel Marín

Esta funcionalidad es sólo para registrados

La ponencia que ultima el magistrado Cándido Conde-Pumpido para que el TC ampare -y absuelva- a los condenados por el asalto al Parlamento de Cataluña en 2011, tal y como publicó ayer ABC, cuenta con un factor conflictivo añadido que, según sostienen fuentes jurídicas, le debería forzar a abstenerse del asunto y renunciar a firmar la sentencia. El artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial incluye entre las distintas causas por las que un magistrado debe apartarse de resolver un asunto «haber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto de pleito o causa, o en otro relacionado con el mismo».

Este periódico avanzó ayer que Conde-Pumpido, fiscal general durante la etapa de Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, tiene ultimada la redacción de una sentencia con la que, a priori, pretende amparar a las ocho personas que fueron condenadas en 2015 a tres años de cárcel por los episodios de violencia que protagonizaron durante el asedio al Parlamento catalán hace ahora ocho años.

El debate sobre la procedencia o no de que Conde-Pumpido deba abstenerse en este asunto también se ha reproducido internamente en el Tribunal Constitucional dado que no solo era el máximo representante de la Fiscalía cuando ocurrieron los hechos, sino que también se pronunció públicamente tildando aquel asedio de «ataque a las instituciones» y de «actos violentos». Además, como fiscal general autorizó activamente el ejercicio de la acusación contra las personas finalmente juzgadas , se mostró contrario a la absolución que dictó la Audiencia Nacional en primera instancia, planteó la repetición del juicio en el trámite de recursos, y avaló que la Fiscalía del Supremo solicitase penas de prisión para los acusados, cosa que finalmente ocurrió para ocho de ellos.

Sin embargo, ahora como magistrado del TC, el criterio jurídico de Conde-Pumpido parece haber cambiado. Y eso es lo que está generando una seria controversia interna, porque si de lo que trata la ley es de garantizar la imparcialidad del magistrado que asume el conocimiento de un asunto, en este caso, en el que Conde-Pumpido tuvo una implicación directa como máximo responsable de la cúpula del Ministerio Fiscal, algunas fuentes consultadas por ABC creen que debería apartarse . Con más razón aún, si en su día pudo quedar «contaminado» al sostener que la Fiscalía tendría «tolerancia cero» frente a una «actuación violenta» que demandaba «máxima contundencia».

Precedentes

De hecho, hay algunos precedentes relevantes que podrían ser aplicables al caso. En 2007, durante la etapa de Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, el magistrado del TC Pablo Pérez Tremps fue recusado con la idea de que no interviniera en las deliberaciones y fallo de los recursos planteados contra el recién aprobado Estatuto de autonomía de Cataluña. Pérez Tremps había participado como experto en la redacción del propio Estatuto, había aconsejado jurídicamente al respecto, y tuvo que ser apartado por sus propios compañeros del TC por haber adquirido una idea preconcebida sobre los recursos de inconstitucionalidad. De algún modo, había quedado contaminado y su imparcialidad podría haber quedado en entredicho.

Otro antecedente más. En marzo de 2008, el pleno del TC estimó por mayoría la recusación que había planteado el entonces Gobierno socialista contra dos magistrados para impedir que se pronunciaran sobre el recurso que había planteado el PP contra una reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. Se trataba de Roberto García-Calvo (ya fallecido), y de Jorge Rodríguez-Zapata (hoy magistrado del Supremo), que habían sido propuestos como magistrados del TC a instancias del PP, y que en un escrito habían expresado su «profunda discrepancia» con la reforma por la que el Ejecutivo de Zapatero prorrogó automáticamente y sine die el mandato de la entonces presidenta del TC, María Emilia Casas.

Ambos pidieron expresamente la dimisión de Casas y la renovación de la presidencia del máximo órgano constitucional en tiempo y forma, y cuestionaron una reforma legal hecha a la medida de Casas cuando el TC debía dirimir, entre otros asuntos muy relevantes, los recursos de inconstitucionalidad contra el Estatuto de Cataluña. En aquella ocasión, los comentarios de García Calvo y Rodríguez-Zapata les contaminaron, de modo que finalmente se les excluyó de decidir si aquella reforma legal era o no constitucional. En un caso similar podría encontrarse hoy Conde-Pumpido, toda vez que haber expresado su opinión pública sobre el intento de asalto al Parlament le podría condicionar de lleno , incluso aunque su opinión actual difiera sensiblemente de la que mantuvo en 2011.

Ahora Conde-Pumpido pretende corregir la misma sentencia condenatoria que dictó el Supremo contra los asaltantes, y que él mismo había defendido en contra de la absolución decretada por la Audiencia Nacional. Es algo que en el seno del TC, y también del Supremo, algunas fuentes consultadas consideran un cambio de criterio «inexplicable». Lo que antes no era sino un acto de violencia que merecía reproche y sanción penal, según Conde-Pumpido, ahora es un acto de reunión cívica amparado en una legítima protesta política. La propuesta de sentencia de Conde-Pumpido apunta ahora a que el asalto a la institución parlamentaria, inserta en el contexto de protesta social en que se produjo, está objetivamente conectado con el ejercicio normal de un derecho fundamental, y por eso considera anulable la misma sentencia del Supremo que como fiscal defendió.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación