La juez rechaza imputar a Esperanza Aguirre por el Hospital Puerta de Hierro como pedía Anticorrupción

Niega por falta de indicios todas las imputaciones que proponía la Fiscalía salvo la de un exdirector general

Esperanza Aguirre ABC

Isabel Vega

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La titular del Juzgado de Instrucción número 53 de Madrid, Mónica Aguirre, ha rechazado citar como imputada a la expresidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre , por la reducción de camas del Hospital Puerta de Hierro, como pedía la Fiscalía Anticorrupción . Entiende que no ha lugar porque no se puede atribuir una responsabilidad penal apoyándose sólo en el puesto que ocupaba y en este caso, no ve más indicios que ese.

En un auto al que tuvo acceso ABC, la juez rechaza igualmente la imputación de Juan José Güemes, exconsejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid; y Ana Sánchez, exviceconsejera de Asistencia Sanitaria. Sí acepta imputar a Jesús Alejandro Vidart, exdirector General de Gestión Económica y de Compras de Productos Sanitarios y Farmacéuticos por este asunto. Está citado en diciembre.

Conforme resume la resolución, Anticorrupción pedía las declaraciones como investigados de todos ellos «por ser los máximos responsables de cada órgano en la fecha de autos» y, en el caso de Aguirre, por la resolución del 28 de mayo de 2008 que redujo las camas del hospital refiriendo una orden previa de Presidencia de la Comunidad que no se ha encontrado.

En aquel escrito, cuyo contenido fue adelantado por ABC, la Fiscalía hacía constar que la única investigada hasta la fecha, que en tiempos era la responsable de infraestructuras sanitarias, «no especificó» si esa orden «fue iniciativa del órgano de contratación, viceconsejería de Asistencia Sanitaria, o del consejero de Sanidad, máximo responsable» cuando pasó por el juzgado.

«De lo anterior -señala la juez- se infiere que el hecho de que Esperanza Aguirre Gil de Biedma, Juan José Güemes y Ana Sánchez fueran los máximos responsables de la Comunidad de Madrid, Consejería de Sanidad y del Órgano de Contratación en mayo de 2008 no justifica la atribución de la condición de investigados».

Según razona, citando jurisprudencia del Tribunal Supremo, no puede «promover la exigencia de responsabilidades penales dando la espalda a otro de los principios sin cuya vigencia el derecho penal se convierte en un peligroso instrumento totalitario ». «Hablamos del principio de culpabilidad por el hecho propio. Cualquier juicio de autoría exige que la persona a la que se atribuye responsabilidad criminal haya ejecutado por si la acción típica o, en los supuestos de coautoría, tenga el dominio funcional del hecho», recoge la doctrina que cita.

Y sigue: «En ningún caso, puede desembocar en atribuciones objetivas de responsabilidad por el mero hecho de la posición o cargo que una persona concreta ostente en la organización, por muy alto que este sea. De hacerlo así, vulneraríamos de manera flagrante el principio de culpabilidad».

Faltan indicios sólidos

Concluye de este modo que para llamar a Aguirre, como a los otros ex altos cargos a los que señaló la Fiscalía Anticorrupción, «se precisarían elementos probatorios de mayor consistencia para establecer esa inferencia» de que por estar en la cúspide política en aquel momento, tuvieron algún tipo de responsabilidad.

Se trata en concreto del modificado en 2008 de un contrato de concesión que se había firmado en el año 2005 y que según la Fiscalía, se acometió obviando cualquier procedimiento administrativo. Aquella decisión supuso convertir 135 habitaciones dobles del Hospital Puerta de Hierro, en la localidad de Majadahonda, en individuales, causando de acuerdo al Ministerio Público un quebranto a las arcas públicas de al menos, diez millones de euros.

«El Ministerio Fiscal sostiene que la aprobación del Modificado 1 del Hospital Universitario Puerta de Hierro Majadahonda derivado del cambio de habitaciones dobles a simples debió haberse acompañado de la cuantificación de los efectos económicos que implicaba en el contrato de concesión la reducción de costes que produce a la sociedad concesionaria la eliminación de forma permanente de 135 camas y, en consecuencia, de la reducción del importe del canon a pagar por la Administración », resume la juez.

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