La Fiscalía recurre el permiso a Urdangarin para hacer voluntariado

El Ministerio Público argumenta en su escrito que «no cumple los requisitos legales» y que el aislamiento lo eligió el propio interno

Iñaki Urdangarin, ayer en Pozuelo JAIME GARCÍA

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La Fiscalía Provincial de Valladolid ha recurrido este viernes el auto del juez de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Castilla y León que aprueba las salidas de prisión de Iñaki Urdangarin para desarrollar una actividad de voluntariado. El Ministerio Público, que se mostró contrario a la aplicación del artículo 117 del Reglamento Penitenciario, sostiene que dicho precepto no es de aplicación a este caso «por no cumplirse los requisitos legales».

En su recurso de apelación la Fiscalía recuerda que el marido de la Infanta Cristina estácondenado a una pena total de prision de cinco años y diez meses de cárcel y que hasta el 28 de noviembre de 2019 no cumple la cuarta parte de la condena. En primer lugar, señala, el auto no tiene como contenido un programa específico de tratamiento. En segundo lugar, «no es aplicación a la situación personal de cumplimiento de Urdangarin quien, además, en este momento no ha cumplido la cuarta parte de la condena».

Es cierto, reconoce el escrito, que el cumplimiento de la cuarta parte de la condena o el no haber disfrutado de permisos «no son requisitos ineludibles para la aplicación de las previsiones de los artículos 100.2 y 117 del Reglamento Penitenciario» (a los que se acogió el juez), pero eso no significa que no deba ser tenido en cuenta como «una circunstancia esencial en el cumplimiento de la condena». Y ello porque el cumplimiento de esa cuarta parte «sí aparece como exigencia para la aplicación de cualquier otro beneficio , tratamiento o actividad que implique una salida del interno» fuera del centro penitenciario.

No hay «aislamiento impuesto»

Sobre la situación penitenciaria de Urdangarin el fiscal recuerda que el interno «no estásometido a un régimen de aislamiento impuesto de modo forzoso por la administración penitenciaria, como reiteradamente se afirma en la resolución». Fue él quien ingresó «voluntariamente» y «lo hizo escogiendo el centro penitenciario de Ávila con conciencia plena de las condiciones en las que se va a desarrollar el cumplimiento de la condena». Tampoco consta, añade, que el aludido haya solicitado «en ningún momento» su traslado a otra prisión.

El fiscal recuerda que elegir un cumplimiento al margen del resto de la población penitenciaria «implica, sin duda, una soledad que no tienen otros reclusos». Pero de los informes «no se deduce que la situación haya provocado perjuicios detectables en la persona o la personalidad del penado». Así, señala, «no existe informe médico o informe psicológico que afirme que el cumplimiento de la pena en soledad tal y como se está desarrollando esté produciendo efectos perjudiciales en el interno o causando su desocialización». Recuerda que el interno «estárecibiendo visitas habitualmente» y que de hecho está realizando actividad física con aparatos distintos de aquellos de los que disponía el centro penitenciario porque «no se ajustaban a sus necesidades físicas». Esta decisión fue avalada por el juez de Vigilancia Penitenciaria y contó con el visto bueno de la Fiscalía.

Por último, critica que el auto del juez no contempla ningún programa para el interno que no sea «relacionarse socialmente» con otras personas, «una actividad, sin duda, elogiable» pero que no cuenta con un «contenido específico». «En ningún caso el régimen de un tratamiento específico de un interno clasificado en segundo grado en cumplimiento de una pena privativa de libertad es el mismo que el cumplimiento de trabajos en favor de la comunidad, que es lo que realmente ofrece el centro », apunta el fiscal.

Sin comunicación con sus familiares

Precisamente hoy, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria Número 1 de Valladolid ha establecido en una providencia que queda «terminantemente» prohibido para Urdangarin cualquier comunicación con sus familiares en el horario establecido de salidas, fijadas con el único fin de realizar la actividad de voluntariado.

El juez recuerda que Urdangarin es un interno clasificado en segundo grado, de forma que el régimen de comunicaciones y visitas es «única y exclusivamente» el del Reglamento Penitenciario . Precisa que las salidas autorizadas lo son para el único fin de realizar la actividad de voluntariado -justicia restaurativa- con las personas dependientes del Centro Hogar Don Orione.

La de ayer fue la primera salida de la cárcel de Urdangarin desde que ingresó el 18 de junio de 2018 para cumplir una condena de 5 años y 10 meses de prisión por el caso Noós.

Sus salidas de la cárcel de Brieva al centro de discapacitados de Pozuelo se realizarán los martes y jueves de cada semana y, según lo acordado, Urdangarin estará de vuelta a su celda a primera hora de la tarde de cada día que realice el voluntariado.

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