El Ejecutivo desactiva la Justicia mientras el TC se pone de perfil

Cada vez son más las voces críticas contra el órgano garante de la Constitución por no estar «a la altura» y no escenificar, junto con el Poder Judicial, que hay control sobre un Gobierno cuestionado

Imagen de un Pleno del Tribunal Constitucional

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Con una extralimitación de la suspensión de derechos fundamentales cuestionada desde el primer día y un debate abierto en la sociedad, en el que los constitucionalistas alertan de un estado de excepción encubierto y ponen en entredicho la seguridad y técnica jurídica de una cascada de normas sin precedentes, el único poder del Estado que parece tener visibilidad es el Ejecutivo. Y ello pese a que el artículo 116.5 de la Constitución señala qu e alarma, excepción y sitio no puede interrumpir el funcionamiento de los poderes constitucionales del Estado . Si el Legislativo ha quedado considerablemente menguado y reducido a dar el visto bueno a las prórrogas de Sánchez, la propia suspensión de plazos ha dejado a la Justicia en servicios mínimos. Tanto que no son pocos los juristas que se preguntan cómo es posible sentarse en la terraza de un bar y poder acudir a un órgano judicial a interponer un recurso. Sólo los tribunales superiores de justicia y el Supremo han dictado resoluciones ante medidas cautelares relacionadas de alguna forma con la alarma, y en algunos casos no se ha ocultado satisfacción cuando la pelota ha caído en otro tejado.

Pero es al Tribunal Constitucional donde se dirigen todas las miradas como máximo garante Carta Magna . Más de dos meses después de la declaración de una situación que la Constitución prevé inicialmente para un plazo inicial de 15 días –de ahí su excepcionalidad–, en el mundo jurídico hay una sensación generalizada de que el TC «no está a la altura».

Ni físicos ni telemáticos

El hecho de haber suspendido los plenos durante todo este tiempo y haber convocado sólo uno por un procedimiento sustancialmente escrito (que no telemático) no está siendo pacífico en el seno del propio tribunal, donde varios magistrados son partidarios de que el órgano siga celebrando plenos y realizando sus funciones con normalidad . Así se lo han trasladado a su presidente, Juan José González Rivas, temeroso de la supuesta falta de seguridad y posibilidad de «hackeos». Pese a que desde que se decretó el estado de alarma, la videoconferencia securizada es una constante en órganos judiciales, tribunales, organismos, partidos e instituciones de toda España, ni el presidente ni algunos de los magistrados se sienten cómodos en ese terreno ni con esa forma de trabajar.

Y es que al argumento de la inseguridad se suma, según comentan fuentes del TC, que la ley orgánica que regula al tribunal no prevé la celebración de debates telemáticos y que realizarlos para asuntos que no sean de trámite –como fueron las admisiones del pasado 4 de mayo– podría contravenir el criterio del propio TC en sentencias como la que prohibió a Puigdemont celebrar un pleno telemático. El órgano consideró entonces que la presencia física es fundamental en los «procesos deliberativos y decisorios» y que las reuniones a distancia no protegen «la seguridad y libertad» con la que hay que afrontar la participación en ellos ni el secreto que, en su caso, haya que preservar. Esas fuentes señalan, además, que durante estas semanas el Tribunal ha seguido trabajando con independencia de que no delibere ni dicte sentencias.

Sin embargo, dentro y fuera del Tribunal existe la opinión de que tiene que cuidar su imagen con independencia de su operatividad. «No hay excusa. El órgano encargado de la velar por la Constitución tiene que estar ahí. Nadie discute que los servicios técnicos (el «backstage» del tribunal) hayan dejado de trabajar en ningún momento. Pero el TC no son sus servicios técnicos, son sus doce magistrados y eso es lo que no se ha visto», comentan fuentes próximas al Tribunal Supremo, una opinión compartida por magistrados del propio TC. Argumentan que igual que esa imagen se ha cuidado con las defensas de los presos del «proces» , ante las que se visibiliza que se está trabajando con gestos como la convocatoria de un pleno casi «exprofeso» para admitir sus recursos de amparo, el Tribunal «debería tener el mismo celo para mandar un mensaje al ciudadano, pero también al Gobierno: que el Tribunal Constitucional está ahí y no ha dejado de cumplir su papel».

Una oportunidad perdida

No ayudó a esta consideración, coinciden diversas fuentes, el hecho de que cuando tuvo la oportunidad de pronunciarse sobre el ejercicio de un derecho en cuestión como es la manifestación, el presidente no lo llevara a Pleno teniendo en cuenta que no había doctrina al respecto y que se trataba de «un asunto de indudable trascendencia constitucional» . Por el contrario, los magistrados de la Sala Segunda (la mitad del TC) se enteraron de la inadmisión del recurso de amparo (y por tanto del aval a la prohibición de una manifestación en Galicia) por la prensa y no ocultaron su malestar por la posición en la quedó el Tribunal que, además, despachó el recurso con un auto que, como informó ABC, puso en bandeja al Gobierno un argumento más para pedir la hasta ahora penúltima prórroga del estado de alarma.

Desde el TC, por su parte, consideran que son los tribunales ordinarios los que tienen que tutelar los derechos y que no es función de este órgano decidir de forma apresurada sobre cuestiones que exigen un debate y una reflexión pausada. De ahí que los amparos muchas veces lo sean «a efectos meramente declarativos», dicen. Sin embargo, un único criterio por parte del Tribunal podría haber clarificado un asunto sobre el que el que tribunales superiores de justicia han resuelto de forma dispar.

Tampoco el Tribunal Supremo va a tener la oportunidad de hacerlo en casación, pues, según expertos de la jurisdicción contencioso-Admnistrativa, contra la decisión de un TSJ en torno a la ley que regula el derecho de reunión y manifestación no cabe recurso en vía jurisdiccional . Fue el propio Supremo el que envió el miércoles al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) los recursos de Vox contra la decisión de Interior de no permitir sus marchas en Cataluña ayer. El TSJC propinó un duro revés al ministro Grande-Marlaska, al avisarle del «peligroso precedente» que supondría prohibir el ejercicio de este derecho fundamental. Semanas antes, el Supremo había despejado también el balón del decreto de alarma al declarar la competencia del TC (y no la suya) para estudiar los recursos presentados contra la restricción de movimientos del Ejecutivo.

No obstante, el Tribunal Supremo no podrá escapar del aluvión de recursos que están haciendo cola a las puertas del tribuna l y que tanto en la jurisdicción contencioso-administrativa (la que estudia los actos del gobierno) como en la penal obligarán a la justicia a pronunciarse sobre la gestión de una crisis sanitaria sin precedentes en España.

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