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El Jurado se desinfla

Durante los últimos diez años, los casos tramitados por los tribunales populares se han reducido a la mitad

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Enfrente, el magistrado. A un lado, el acusado y su abogado. Al otro, nueve personas observan. No tienen nada que ver con el ámbito jurídico pero tampoco están allí como meros testigos: han sido los elegidos para ser miembros de un tribunal popular. Esta escena, que parecería normal en una película estadounidense, se produce en España desde hace 20 años, aunque sea un hecho desconocido para muchos. A la vista del último informe del Consejo General del Poder Judicial todo apunta que seguirá siendo así. Según este texto, durante los últimos años de la década de los noventa, España ha reducido a la mitad el número de casos que han visto estos jurados. El año pasado solo se tramitaron 364 procedimientos, mientras que en 1997 entraron por esta vía 710 casos.

¿Cómo funciona esta institución que tan poco arraigo tiene en nuestro país? Los jurados populares se forman cada año, después de que se haya hecho la estimación del número de casos que se van a tramitar durante ese tiempo. A través del censo se selecciona a personas que cumplan unas determinadas condiciones -ser mayor de edad, saber leer y escribir, ser vecino del municipio donde se haya cometido el delito...- y se realiza un sorteo en el que saldrán elegidas las nueve personas que actuarán como jurado y otras dos que serán sus sustitutos en la Audiencia Provincial que corresponda. Como reza el informe, los tribunales que más uso hacen de esta institución son Canarias y Galicia.

Los asuntos que serán juzgados por un jurado popular pueden ser de una índole muy variada: casos de homicidio e infanticidio, malversación de caudales públicos, fraudes, allanamientos de morada,delitos medioambientales... Por eso, en el conocido caso de José Bretón, fue el jurado el encargado de declararle culpable al igual que será el encargado de juzgar a Sergio Morate, el presunto asesino de las dos jóvenes conquenses, o a los padres de Asunta. A pesar de que este es el ámbito de enjuiciamiento previsto, el Poder Judicial reconoce que la restrictiva interpretación de las normas de conexión con otras causas pendientes del acusado ha sido el principal causante de la caída de los procedimientosen los que participa el jurado.

Aunque esta labor sea tanto un derecho como un deber, eso no impide que además sea un trabajo remunerado. Estas nueve personas recibirán aproximadamente 67 euros al día y en el caso de que el juicio se alargue más de una jornada, también se les paga tanto el transporte como el alojamiento. La ley 5/1995, que regula esta institución, contempla la posibilidad de que no se pueda o se deba asistir como jurado. Entre los motivos se encuentra ser mayor de sesenta y cinco años, desempeñar un trabajo de interés general o tener su residencia en el extranjero. En cualquiera de estos casos y algunos otros, el que es llamado a ser jurado debe comunicarlo, ya que si no lo hace puede recibir una multa de hasta 1.500 euros por no presentarse en el juicio.

Sin embargo, donde el jurado despliega su papel más relevante no es tanto en la sala donde se celebra el juicio como en aquella donde tiene lugar la deliberación. Como en la película «Doce hombres sin piedad», todos los miembros del jurado deben retirarse a una habitación en la que, por votación nominal, irán decidiendo si consideran probados los hechos expuestos por el magistrado – y si no, anotarán lo que crean necesario- pero, ante todo, deben decidir si el acusado es culpable o no. Para que los nueve jurados puedan llegar a un acuerdo sobre el veredicto, es necesario que siete de ellos establezcan la culpabilidad o, en el caso contrario, que cinco de los votos decreten la inculpabilidad (un 89,2% de las sentencias que a lo largo de estos años han dictado este tipo de tribunales han sido condenatorias). La votación puede alargarse de forma indefinida, aunque habitualmente no se extiende tanto en el tiempo como en la película dirigida por Sidney Lumet.

Cuando se termina la votación, el portavoz elegido por el resto de jurados, lee el acta y le pasa el relevo al fiscal, quien, en el caso de que sea culpable el acusado, informará de la condena a cumplir. Una vez el magistrado haya redactado la sentencia, la labor de estas nueve personas se dará por finalizada y el procesado deberá cumplir con los designios de unos ciudadanos que quizá jamás imaginaron el papel que les tenía reservado la Justicia.

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