Ramón Álvarez de Miranda, presidente del Tribunal de Cuentas
Ramón Álvarez de Miranda, presidente del Tribunal de Cuentas - Efe
FISCALIZACIÓN

La mayoría de las empresas autonómicas se salta la legalidad al contratar

El Tribunal de Cuentas alerta de las fórmulas empleadas por el sector público autonómico en sus adjudicaciones

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El Tribunal de Cuentas ha puesto la lupa sobre el sector público autonómico y no le ha agradado lo que ha encontrado, según se desprende del último informe aprobado por este organismo relativo al año 2012. En el texto, enviado ya al Parlamento, los técnicos del Tribunal alertan de que «la mayoría» de los pliegos de las cláusulas administrativas particulares incluye puntos «en contra de lo señalado legalmente» e incluso subraya que algunas de las contrataciones se llevaron a cabo sin que los certificados de existencia de crédito presupuestario contaran con «las preceptivas firmas» lo que «pone en cuestión su validez».

Asimismo, avisa de que «la justificación de la necesidad de los contratos para los fines del servicio público no se especifica con un mínimo de concreción razonable, ni se acreditan las particulares necesidades existentes que pudieran justificar las correspondientes inversiones de los fondos públicos afectados».

En esta línea, el informe también pone de manifiesto que subraya que algunas de las contrataciones se llevaron a cabo sin que los certificados de existencia de crédito presupuestario contaran con «las preceptivas firmas» lo que «pone en cuestión su validez».

Las contrataciones adjudicadas mediante procedimietno negociado se llevan buena parte de los reproches del organismo fiscalizador. Los técnicos del Tribunal advierten al Parlamento de que las empresas públicas autonómicas contratan sin que queden «suficientemente justificadas» las razones por las que sólo pueda encomedarse el objetio de los contratos a un único empresario, o sin justificar «otras circunstancias que fundamentan la utilización de este procedimiento» cerrado, contraviniendo de nuevo la legalidad.

Pero ni siquiera se salvan los contratos adjudicados mediante procedimiento abierto en los que el Tribunal de Cuentas ha encontrado «deficiencias» en el establecimiento, definición y aplicación de los criterios objetivos de adjudicación así como una «insuficiente determinación de las fórmulas y métodos de valoraciíon y ponderación de los criterios» en contra de lo prvisto en la legislación. Tampoco se fía el Tribunal de Cuentas de los declaraciones de urgencia esgrimidas por las empresas públicas autonómicas a la hora de contratar. «En algunos casos no cumplen con lo dispuesto en la ley», subraya el informe, quejándose de que las motivaciones empleadas son «genéricas» y de que este procedimiento excepcional, que permite contratar sin publicidad, «se ha extendido en algunos casos a actuaciones ajenas a las que constituyen su finalidad».

Y si el procedimiento de contratación no satisface las necesidades legales, tampoco lo hace el resultado del contrato. Así, el organismo fiscalizador avisa de que en la ejecución de los contratos de obras se observan «significativas y frecuentes demoras no justificadas» e «incongruentes» con el hecho de haberse adjudicado con tramitación de urgencia o mediante concursos con reducciones de plazos ofertados por los adjudicatarios.

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