María Dolores de Cospedal, presidenta de Castilla-La Mancha
María Dolores de Cospedal, presidenta de Castilla-La Mancha - efe

El Tribunal Supremo duda de la constitucionalidad del plan de ahorro de Cospedal

Plantea al TC si tres artículos de la Ley de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de los Servicios Sociales Básicos se ajusta a la ley

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El Tribunal Supremo ha dictado un auto en el que acuerda plantear al Tribunal Constitucional si tres artículos de la Ley de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de los Servicios Sociales Básicos aprobada por el Gobierno de Castilla-La Mancha, presidido por María Dolores de Cospedal, en 2012 son inconstitucionales.

En el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la sala asegura «albergar serias dudas sobre la acomodación constitucional de la norma». En concreto, se refieren al Artículo 5 de dicha ley, que se refiere a retribuciones del personal funcionario; el artículo 20, que habla del complemento por incapacidad temporal de los empleados públicos, y el artículo 1, en el que aborda la jornada de trabajo especificando, entre otros asuntos, que a la semana se trabajará un total de 37 horas y media.

Este auto llega después de que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha desestimara varias demandas acumuladas de conflicto colectivo formuladas por los sindicatos UGT y CC.OO.

La pretensión de los sindicatos, explica este auto, era que se declarara la vigencia de la integridad del contenido del VI Convenio Colectivo de Personal Laboral al servicio de la Junta y la «no aplicabilidad» al mismo de la ley que ahora cuestiona el Supremo.

Dice el auto que el conflicto colectivo que plantean los sindicatos entre la normativa estatal y lo dispuesto en la ley que ahora se remite al Constitucional se refiere a la jornada ordinaria máxima de 35 horas semanales, la minoración de retribuciones y la modificación del complemento de incapacidad temporal.

Argumenta además que las medidas de reducción del gasto y del déficit de público de las comunidades autónomas «han incidido en los últimos años en las condiciones laborales de quienes prestan servicio en el sector público», medidas que «se encuadran en esa competencia estatal básica que actúa de techo para las comunidades autónomas».

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