El recargo del IBI a las casas vacías dobla sus ingresos desde 2006

Cada vez más ciudades gravan esta figura que pagan, sobre todo, bancos y promotoras

Madrid Actualizado: Guardar
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Los impuestos a las viviendas vacías también han aumentado su recaudación durante la crisis. El recargo del IBI por esta figura ingresó 774 millones en 2015, lo que supone el doble de lo que percibía en 2006, antes de que estallara la burbuja inmobiliaria, según los últimos datos de la Intervención General del Estado.

Esta penalización tributaria trata de incentivar que los propietarios de las viviendas las vendan o alquilen para que así puedan ser ocupadas y darles un uso. Sin embargo, los ingresos no han dejado de incrementarse debido al crecimiento de las viviendas vacías desde que comenzó la crisis, los continuos incrementos de los valores catastrales y que cada vez más consistorios han aprobado este recargo en el IBI.

Los municipios pueden incorporar en sus ordenanzas municipales este aumento del IBI que suele añadir el 50% de la cuota del tributo y así se aplica ya en ciudades como Barcelona, Sevilla, Zaragoza, La Coruña, Córdoba o Santiago de Compostela. Durante los últimos años ha aumentado el número de municipios que penalizan fiscalmente a las casas vacías: si en 2008 eran 175 ya son 219, según los datos del Catastro. Bancos, promotoras y constructoras son los principales pagadores del recargo que, según cada municipio, también puede penalizar a segundas residencias.

Impacto recaudatorio

Al mismo tiempo, hay más casas vacías ahora que antes de la crisis. Como describe el director del gabinete de estudios del portal Pisos.com, Manuel Gandarias, el stock de viviendas desocupadas aumentó tras el estallido de la crisis, ya que el parón de construcción tardó en materializarse. El ritmo de edificación continuó aún comenzada la crisis, a la espera de que la crisis fuera pasajera, lo que no ocurrió. Como fuere, Gandarias explica que en los últimos años el número de viviendas vacías ha comenzado a bajar «poco a poco», sobre todo desde 2014.

El gran impacto recaudatorio ha venido desde los libros, ante la continua escalada de los valores catastrales llevada a cabo a instancias de los ayuntamientos, analiza José María Salcedo, socio del despacho «Ático Jurídico».

Los tribunales han tumbado el recargo

En todo caso, el recargo en el IBI ha creado numerosos problemas jurídicos por la indefinición del concepto «vivienda desocupada con carácter permanente» que es el que grava el tributo. La reforma de la Ley de Haciendas Locales de 2002 establece que los ayuntamientos pueden exigir un recargo cuando se trata de «inmuebles de uso residencial que se encuentren desocupados con carácter permanente en los términos que se definan reglamentariamente». Sin embargo, desde entonces el Estado no ha detallado en un texto legal cuáles son las características de este tipo de viviendas. Debido a ello, los ayuntamientos –y en ocasiones las comunidades autónomas– han hecho su propio desarrollo legal pero la interpretación está abierta hasta que el Estado no la regule. Ante este escenario, varios tribunales han tumbado el recargo, describe Salcedo.

Así lo han hecho los tribunales autonómicos de Asturias, Madrid, Cataluña y Galicia, que han determinado en varios sentencias que el reglamento tributario para establecer qué es una vivienda desocupada con carácter permanente solo lo puede aprobar el Estado.

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