Pasos para poner en marcha tu propia instalación de autoconsumo eléctrico

Con el propósito de que los ciudadanos conozcan a fondo los entresijos de estas prácticas, el Instituto para la Diversificación y ahorro de la Energía (IDAE) ha publicado una guía actualizada

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El Gobierno aprobó el pasado abril el real decreto de autoconsumo energético que regula el uso de la energía generada por instalaciones renovables para consumir su propia electricidad y que incluye la figura del autoconsumo colectivo para que varios usuarios puedan asociarse en comunidades o empresas adscritas a una misma planta de generación. Asimismo, la nueva ley describe el concepto de «instalación de producción próxima a las de consumo y asociada a las mismas» para que esta actividad no se limite a las instalaciones en la misma vivienda y se pueda extender a otras situadas en las proximidades.

Con el propósito de que los ciudadanos conozcan a fondo los entresijos de estas prácticas, el Instituto para la Diversificación y ahorro de la Energía (IDAE) ha publicado una guía actualizada en la que resume los pasos para poner en marcha tanto instalaciones de autoconsumo individual, como colectivo. Desde IDAE recalcan que el autoconsumo supone un ahorro en el recibo de la luz y «una menor dependencia de los cambios de precio de la tarifa eléctrica».

Así, un sistema de autoconsumo está compuesto por una instalación de producción como pueden ser u nos panales solares fotovoltaicos o un generador minieólico además de otros elementos como cables, invesores solares, conectores y en algunos casos, baterías. Este nuevo sistema se conecta a la instalación eléctrica de la casa o del edificio, en caso de tratarse de una comunidad. En IDAE señalan que la nueva normativa ha suprimido la obligación de instalar contadores adicionales en la mayoría de los casos.

El primer paso para iniciar el proceos es contar con elementos de espacio necesarios como un tejado, cubiertas o jardín , entre otros. No obstante, desde IDAE recuerdan que también son importantes las características de la zona, como la orientación al sol -al sur es la más propicia- o el recurso del viento. Cabe incidir, además, qiue la nueva normativa permite que la instalación sea próxima y no esté conectada al edificio en el que queremos autoconsumir energía.

A continuación, «es recomendable contactar con una empresa especializada» como es el caso de una comercializadora de electricidad, una empresa instaladora de sistemas eléctricos, una compañía de servicios energéticos o que se dedique específicamente a las renovables. Normalmente, estas compañías se encargan de llevar a cabo las gestiones técnicas y administrativos además de realizar la instalación.

Entre los trámites más destacados se incluyen un estudio de viabilidad, la petición de autorizaciones administrativas y licencias de obra, el registro ante la comunidad autónoma y la puesta en marcha de la propia instalación.

Pero, ¿es viable económicamente? Desde IDAE calculan que un sistema de 3 kW puede cubrir la mayoría de las necesidades de electricidad de un hogar de cuatro miembros y con un tamaño de setenta metros cuadrados. El coste inicial que supone una instalación de autoconsumo se amortizará entre los siguientes seis o 10 años ya que, tras la inversión inicial, el ahorro en energía es notable. A su vez, existen ayudas y beneficios fiscales que permiten amortizar aún más rápido el dinero gastado en el sistema.

«Excedentes de energía»

También puede darse el caso de que se produzcan «excedentes de energía» cuando se genera más de lo que finalmente se consume. En estas circunstancias hay varias opciones, como añadir baterías -que implican un coste mayor- para almacenar la energía que no se usa. En la guía de IDAE también se indica que para instalaciones con menos de 100 kw se puede recurrir a un sistema de compensación simplificada , en la que la comercializadora compensa a los usuarios estos excedentes como un ahorro en la factura mensual de la luz. «Las comercializadoras de referencia (que ofrecen la tarifa regulada) tienen definido por ley qué valor económico dar a esos excedentes. En el caso de comercializadoras de libre mercado, la compensación se hace en los términos que se pacten con la comercializadora», según se desprende de la guía.

Además, en previsión de una cifra elevada de excedentes, se puede optar por el autoconsumo con excedentes sin compensación simplificada y darse de alta como productor de energía. Mediante esta modalidad se permite vender los excedentes sin límite mensual, aunque el usuario tendrá que hacer frente a varios trámites fiscales y administrativos al realizar una actividad económica.

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