Cómo organizar las vacaciones con tu jefe y tus compañeros

Contentar a todos los empleados requiere mucha planificación y altas dosis de empatía

Esta funcionalidad es sólo para registrados

Tan deseadas durante todo el año, organizar las vacaciones en las empresas puede convertirse en un motivo de conflicto entre empleados y jefes y generar más ansiedad que alegría. Para negociar y poner cierto orden varios expertos han explicado cuál es la base legal que regula este descanso.

¿Qué mecanismos legales recogen la organización de las vacaciones? El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores regula que el periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será pactado en convenio colectivo o contrato individual, que en ningún caso la duración será inferior a 30 días naturales y que el periodo de disfrute se fijará de común acuerdo entre empresario y trabajador. En caso de desacuerdo, la jurisdicción social decidirá la fecha para coger el descanso y su decisión será irrecurrible.

Pero el Estatuto no concreta muchas situaciones diferentes que surgen a la hora de organizar las vacaciones, por eso suele ser una materia «típica que tratan los convenios colectivos. Una buena práctica de toda empresa es analizar el convenio que le resulta de aplicación y si éste no regula claramente las reglas, hacerlo la empresa directamente, sin ir en contra de los principios marcados en el Estatuto y en el convenio», explica Mariola Sánchez, directora del área legal de Randstad.

¿Con cuánto tiempo de antelación el trabajador debe conocer las fechas de sus vacaciones? «El art. 38.3 del Estatuto de los Trabajadores establece la obligación del empresario de organizar un calendario de vacaciones y el derecho del trabajador a conocer las fechas de disfrute de las mismas al menos con dos meses de antelación. Este plazo podría ampliarse por convenio colectivo», responde Sergio Herrero, abogado de Legálitas. O «podría ser matizada si la en empresa existe otras normas que en global sean más beneficiosas», dice Mariola Sánchez.

¿Si se ha trabajado de lunes a viernes y corresponde librar el sábado y domingo, las vacaciones empiezan a contar desde el lunes? Según explica Javier Blasco, director jurídico del Grupo Adecco, los días de libranza se pueden unir a las vacaciones, salvo que el convenio colectivo o pacto previo lo prohíba. «A priori, el período de vacaciones anuales —si se establece en el convenio colectivo en días naturales y no hábiles— comprende, tanto los días festivos como los laborables. No obstante, los tribunales dicen que si el primer día coincide en domingo, éste no debe computarse porque tal día es de descanso ya ganado por los trabajadores por la actividad desarrollada durante la semana precedente, con lo que se superpone el descanso semanal al vacacional en un mismo día. Por ello, debe empezar a contarse desde el primer laborable, es decir, el lunes».

El abogado de Legálitas concreta que también los días libres que pueda deber la empresa (asuntos propios, horas extras, festivos...) se pueden unir al descanso.

¿La empresa puede obligar al trabajador a coger los días de vacaciones en distintos periodos del año? Las vacaciones se disfrutan dentro del año que corresponda. «Nada impide que la empresa pueda fijar vacaciones en períodos distintos del año de acuerdo con la negociación individual o colectiva que pueda realizarse. La mayoría de los convenios establecen reglas sobre períodos de disfrute de las vacaciones, que intentan proteger a los trabajadores para que al menos una parte de éstas puedan disfrutarse en período estival», indica Sergio Herrero.

¿El trabajador puede elegir el número de días que prefiera sin tener en cuenta a la empresa? Los periodos de disfrute de vacaciones debe ser de común acuerdo, y no de forma unilateral. «En casos especiales (falta de acuerdo de los trabajadores, causas organizativas justificadas, etc) el empresario en el ejercicio de su poder de dirección puede fijar unilateralmente las vacaciones, y así los tribunales en ocasiones han validado esta decisiones», cometa Herrero.

¿Qué ocurre si enfermamos estando de vacaciones y nos da la baja el médico? Las vacaciones se interrumpen.Cuando finalice la incapacidad temporal puede seguir disfrutando de sus vacaciones.

¿Quién tiene preferencia para elegir? Cuando los empleados no se ponen de acuerdo, hay criterios como la antigüedad, edad o cargas familiares que pueden favorecer a un trabajador para elegir el primero el turno de vacaciones. Pero hay que saber, por ejemplo, que «nuestra legislación no concede ninguna preferencia a los trabajadorres con cargas familiares para elegir el periodo de vacaciones», afirma el abogado Herrero. Javier Blasco, de Adecco, aconseja que lo más conveniente «es valorar las distintas situaciones personales, tratar de buscar consenso y, en caso de no encontrar acuerdo, cambiar el turno de prioridad de elección». Recomienda: planificar las vacaciones con suficiente antelación; turnar el orden de elección cada año, dando prioridad cada vez a una persona, y como en toda negociación, desplegar empatía, saber ceder en algunas cuestiones y tener una actitud abierta y dialogante.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación