La Audiencia Nacional absuelve a Benjumea y Sanchez Ortega por el cobro de indemnizaciones en Abengoa

Descartadas irregularidades en las indemnizaciones percibidas por los gestores tras su relevo en 2015

El expresidente de Abengoa Felipe Benjumea EFE
Luis P. Arechederra

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La Audiencia Nacional ha absuelto al expresidente de Abengoa Felipe Benjumea y al ex consejero delegado de la energética Manuel Sánchez Ortega por el cobro de las indemnizaciones millonarias, asunto por el fueron a juicio acusados de los delitos de administración desleal y apropiación indebida. El tribunal considera que no han sido probados. [ Consulta aquí la sentencia sobre el caso Abengoa ]

En una sentencia de 252 páginas, los tres magistrados que enjuiciaron el caso Abengoa concluyen que no ha quedado demostrado que los contratos que incluían las indemnizaciones, elaborados cuando la entidad se encontraba en una delicada situación, fueran elaborados para beneficiar «improcedentemente» a los antiguos dirigentes de la entidad, que fueron cesados.

La Fiscalía consideraba que la actuación de ambos era delictiva y solicitó cinco años de cárcel para Benjumea y cuatro años y tres meses para Sánchez Ortega. La sentencia es recurrible en casación ante el Tribunal Supremo .

También han quedado absuelto los otros acusados, los miembros de la Comisión de Nombramientos y Remuneraciones Mercedes Gracia Diez, Alicia Velarde Valiente y Antonio Fornielles Melero . La Fiscalía pedía para ellos cuatro años de prisión por dar luz verde a los cobros (11,4 millones de euros para Benjumea; 4,5 millones para Sánchez Ortega ) a pesar del estado de Abengoa, que al poco tiempo entró en preconcurso de acreedores por su mala situación.

Los magistrados argumentan que las indemnizaciones de ajustaron a la legalidad y contractual vigente, y explican que los contratos venían impuestos por la reforma, por Ley 31/2014 de 3 de diciembre, del Real Decreto Legislativo 1/2010 de julio por la que se aprobó el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

Los contratos de los antiguos directivos, según la Audiencia Nacional, fueron confeccionados con los debidos asesoramientos técnicos internos y externos, sin que pueda concluirse que Benjumea y Sánchez Ortega intervinieran para redactar las cláusulas, habituales según los jueces en este tipo de empresas.

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