ANDALUCÍA

El TSJA admite a trámite la recusación de tres magistrados por El Algarrobico

GRANADA. Actualizado: Guardar
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha admitido a trámite la petición de recusación planteada por Salvemos Mojácar contra tres magistrados de este tribunal, encargados de la vista judicial sobre la validez de la licencia de obras del hotel El Algarrobico en el parque natural del Cabo de Gata.

Dos de ellos, según ha informado Salvemos Mojácar en un comunicado, dictaron el pasado día 21 de marzo la sentencia que declaraba urbanizable el terreno donde se ubica el proyecto, promovido por Azata del Sol, en contra de veinte sentencias y autos anteriores.

Los tres magistrados son Rafael Toledano, Jorge Muñoz y María Torres y, según la organización ecologista, el CGPJ también ha admitido a trámite una queja relativa a ellos.

El motivo de la recusación es la querella presentada por Salvemos Mojácar contra ellos en la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo, que ya ha abierto causa especial y nombrado ponente al magistrado Juan Saavedra.

El tribunal que decidirá sobre la recusación estará compuesto por el presidente del TSJA, Lorenzo del Río, los presidentes de las distintas salas, excepto Rafael Toledano, por ser uno de los recusados, y un magistrado de cada sala del alto tribunal andaluz.

Por su parte, el TSJA ha informado de que se ha iniciado esa tramitación para resolver la recusación y que la instructora del incidente lo ha elevado al órgano competente para resolverlo, la sala del 77.

Cambio de sección

El CGPJ también ha admitido a trámite la queja presentada contra estos mismos magistrados por haber cambiado de la Sección Primera a la Sección Tercera el pleito que finalizó con la sentencia de fecha 21 de marzo que declaró urbanizables los terrenos del hotel.

Según los ecologistas, este cambio de sección se hizo «sin conocimiento» de Salvemos Mojácar el viernes 24 de febrero y fallaron la sentencia días después, sin tiempo material para estudiar la causa que llevaba seis años en la Sección Primera. Con ese cambio de sección se impidió que dictara sentencia la Sección Primera que ya había declarado en sentencia firme, de fecha 11 de junio de 2012, que El Algarrobico no era urbanizable.

El cambio de sección se habría hecho por tanto sin cumplir las normas de reparto por las que se rige el TSJA, según los ecologistas almerienses.