tribuna

La discriminación fiscal entre comunidades autónomas

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Siempre he tenido la preocupación, con la cesión de tributos a las Comunidades Autónomas, por el uso que se pueda hacer de las facultades que la normativa les concede para regular algunos aspectos de los tributos cedidos, con la consiguiente discriminación que se puede crear y que de hecho se ha creado con algunas figuras impositivas, cedidas total o parcialmente. No obstante, hasta ahora, las Comunidades no habían mostrado excesivo interés por aprovechar dichas potestades normativas para incrementar la presión fiscal de los ciudadanos de sus territorios, a fin de evitar el coste político que todo incremento impositivo supone, prefiriendo que la imagen de estos entes territoriales se perciba por los ciudadanos como prestadores de servicios sin que se sepa cómo se financian.

Pero en los últimos días, hemos podido leer en los medios como determinadas regiones están anunciando propuestas de subidas de impuestos, haciendo uso de la capacidad que tienen para actuar en los mismos, como por ejemplo, la Renta de las Personas Físicas. Las autonomías gobernadas por el PSOE pretenden incrementar los tramos de la escala autonómica en tres o cuatro puntos para rentas superiores a 60.000 euros anuales para Extremadura, 80.000 para Andalucía y 120.000 para Cataluña, es decir la categorización fiscal de los ciudadanos dependiendo de la región en la que residan. Por su parte el Partido Popular ha anunciado que ninguna de las autonomías donde gobiernan subirán impuestos, lo que provoca una discriminación inadmisible entre ciudadanos de un mismo país, por el sólo hecho de qué fuerza política gobierne en una determinada región, vulnerando así el principio de igualdad consagrado en nuestra Constitución.

Yo creo que estamos iniciando el camino de la competencia fiscal entre comunidades, lo que puede provocar no pocos problemas si no se intenta una razonable coordinación que permita una equidad tributaria entre comunidades, evitando que se produzcan distorsiones y deslocalizaciones de capitales que originen empobrecimiento de determinadas regiones y enriquecimiento de otras. Ante esta situación se hace necesario que los gobiernos actúen con responsabilidad a la hora de adoptar decisiones fiscales y de gasto, permitiendo un aceptable equilibrio entre la carga impositiva que soporta el ciudadano y el nivel de servicios públicos que recibe, para evitar que cada vez se paguen más impuestos y se reciban, en general, peores servicios.

Un ejemplo de bajada impositiva, discriminatoria por otra parte para determinadas comunidades, ha sido en los últimos tiempos, la del Impuesto sobre Sucesiones, que ha sido prácticamente eliminado por algunas autonomías. Sin embargo, ahora se perfila como un candidato a ser rescatado con mayor fuerza, especialmente en estos momentos de dificultades recaudatorias y mayores necesidades de las Comunidades Autónomas, a las que el gobierno les ha transferido el déficit (la recaudación por el impuesto alcanzó la cifra de 3.000 millones de euros). No obstante, un estudio realizado en la Universidad de Zaragoza, titulado ‘La imposición lineal de las Sucesiones y Donaciones, Análisis recaudatorio y redistributivo’, y cuyos autores son Miguel Ángel Barberán Lahuerta, Julio López Laborda y Marta Melguizo Garde, recomienda una reforma en profundidad de este impuesto, al tiempo que contribuya a superar las importantes disfunciones que plantea su actual regulación, posibilite el cumplimiento de forma más rigurosa con los principios de simplicidad, eficiencia y equidad.

La propuesta sugiere un impuesto lineal para todo el país, con un tipo fijo, en lugar de escala progresiva, y el establecimiento de un mínimo personal para descendientes y cónyuges que sustituya a las actuales reducciones, además de proponer la supresión de la obligatoriedad de inclusión del ajuar doméstico como parte de la masa hereditaria, como ya se hace en País Vasco y Navarra, y eliminar los coeficientes multiplicadores, para corregir la cuota al alza, en función del patrimonio personal del heredero y del grado de parentesco, e igualando la tributación de las transmisiones lucrativas, es decir, tanto para las donaciones como para las herencias.

La adopción de un impuesto modificado sobre Sucesiones y Donaciones con las características anteriores nos acercaría a parámetros internacionales, además de minimizar los problemas de competencia entre territorios autonómicos que ponen en peligro el papel del impuesto, sin olvidar y garantizar el principio de autonomía financiera de las Comunidades Autónomas, por lo que se incluye en la propuesta la atribución a las mismas de competencias para la modificación del tipo fijo y las reducciones, aunque dentro de ciertos límites (se habla de un 10%).

La justificación de este impuesto en atención a que las transmisiones gratuitas son ganancias sin esfuerzo ha recibido muchas críticas y es que los sistemas fiscales de las actuales economías desarrolladas y globalizadas, habían obviado la imposición personal sobre la riqueza y así nuestro país decidió suprimir el Impuesto sobre el Patrimonio desde el año 2008, aunque ahora se anuncia un nuevo impuesto para «los más ricos», ignorándose si volverá a implantarse de nuevo el Impuesto sobre el Patrimonio. De cualquier forma, no tiene sentido un sistema impositivo sobre la riqueza, ya que si así fuera se estaría penalizando el ahorro y el esfuerzo personal.