Tribuna

Lo negó tres veces y cantó el gallo

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Si al presidente del Gobierno no le gustan las lentejas le acaban de poner tres platos bien servidos. Negó que tuviera fondos de pensiones y resulta que tiene tres. Seguro que pensó que aún faltaba tiempo para la Semana Santa, pero no hizo falta que cantara el gallo para que los españoles, una vez más comprobáramos el grado de desconfianza que transmite a la ciudadanía y corroboráramos otra vez más la falta de veracidad de sus afirmaciones.

Retrotraigámonos al pasado. Situémonos en el año 1995. La imposibilidad por parte de la Seguridad Social de hacer frente con su presupuesto al pago de las prestaciones del Sistema, hizo que el ministro de Economía,señor Solbes, recomendase a la ciudadanía la formalización de planes de pensiones. La situación existente en esas fechas era parecida a la actual. Altísimo desempleo, cuya tasa superaba el 23% de la población activa y un déficit del INEM insostenible. Tanto era que la propia dinámica de la prestación contributiva de desempleo y los subsidios competían con el propio mercado de trabajo, haciéndolo inviable en su devenir ordinario (el régimen jurídico de la prestación hacía que muchas personas estuvieran interesadas en el cobro de la misma en lugar de optar por un puesto de trabajo). Que esto era así se demuestra fácilmente con la promulgación del Real Decreto Ley de 1992 que modifica la Ley Básica de Empleo, donde se recortó drásticamente el cobro de la prestación y los sindicatos le hacen al presidente González la segunda huelga general. La Ley de Acompañamiento de los Presupuestos de 1985 había planteado integrar el INEM en el INSS y otorgar a éste la gestión de la prestación de desempleo como prestación típica de Seguridad Social que es. De haberse hecho e integrado el presupuesto del actual Servicio Público de Empleo en la Seguridad Social, los déficits que está generando el pago de la prestación contributiva de desempleo y la asistencial, hubiera terminado con el Fondo de Reserva de la Seguridad Social en sólo tres años, si extrapolamos la cantidad presupuestada para el año 2010 en materia de prestaciones contributivas de desempleo. Esta cantidad importa el montante de 30.000 millones de euros, que a buen seguro se quedará corta, dada las malas perspectiva de empleo hasta final de año. Precisamente el incremento del IVA va a tener un sentido finalista desde la perspectiva de los ingresos que se obtengan para poder hacer frente a la nómina de la prestación de desempleo en el último tercio del año en curso.

Ahora el ministro de Trabajo, el señor Corbacho, sugiere nuevamente, como ya lo hizo Solbes hace 15 años, la conveniencia de la formalización de fondos de pensiones. Se hace en estos momentos porque se vislumbran situaciones adversas en lo económico. Si no, ¿qué explicación tienen, en pleno debate sobre el futuro del Sistema Público de Pensiones? Además, sólo han transcurrido cinco años desde que Solbes afirmara que el Gobierno estaba estudiando la supresión de los beneficios fiscales a los fondos de pensiones, coincidiendo precisamente en ese momento con la fase álgida y expansiva del ciclo económico. Es decir, se cae en el error consistente en pensar que el Sistema Público de Pensiones con el actual diseño es sostenible a largo plazo. Lo que no es cierto bajo ningún concepto. La argumentación esgrimida ahora por el ministro de Trabajo en defensa de la formalización de los fondos privados es de perogrullo. Es decir, mantiene el ministro que «las personas que se jubilan pierden siempre el diferencial que existe entre el sueldo y la prestación, teniendo sentido pues disponer de un fondo de pensiones que nos permita en el futuro mantener nuestro nivel de vida». A continuación reconoció que él mismo dispone de uno.

Bien haría el Gobierno de turno, cualquiera que fuere, en incentivar los fondos de pensiones. Lo digo, porque tengo la firme convicción de visualizar hoy la situación que disfrutaremos en el 2030 al respecto. Disfrutaremos de una pensión pública, que en los tramos superiores se alejará de la base promedio de la cantidad cotizada, por lo que inexorablemente entre la prestación mínima y máxima existirá diferencias cada vez menores. Si a eso le añadimos el natural recorte de recorrido entre la prestación de jubilación no contributiva y la contributiva, significa que las diferencias se irán constriñendo con el paso de los años. La consecuencia inmediata de todo ello, la brúsqueda caída del nivel de rentas para la población española que se vaya jubilando a partir del año 2020 y dependa económicamente de una pensión pública de las que hoy conocemos. Ello supondrá una drástica caída en la renta disponible y la consiguiente y negativa repercusión en el consumo. No se nos puede olvidar que una parte importante de la crisis que ahora padecemos se circunscribe a la atonía del mercado por el bajo nivel de consumo.

Siendo la Seguridad Social un derecho incuestionable de todos los ciudadanos españoles, la Constitución hace referencia expresa a la Seguridad Social en varios artículos, siendo el básico el 41. Éste no es lo suficientemente claro como para determinar de forma precisa cuál fue el modelo concreto de Seguridad Social que querían nuestros constituyentes. Su propia consideración de Constitución abierta y flexible, aboca en éste caso a no contar con un modelo preciso de Seguridad Social, aunque sí es cierto que se ofrecen los criterios básicos sobre los que necesariamente ha de articularse el modelo legal, si bien su contenido no es deducible por sí sólo de su tenor literal. La consideración del derecho de la Seguridad Social como derecho de configuración legal, otorga al legislador facultades para modular la acción protectora, en función de las circunstancias económicas y sociales y la propia viabilidad y eficacia del sistema de la Seguridad Social. Lo que da pié, no sólo a considerar, sino a justificar el estrechamiento del margen entre la prestación máxima y la mínima. En cualquier caso, ésta posibilidad no puede tener carácter absoluto, ya que al igual que en el sistema fiscal, sus excesos sobre el tipo aplicable pueden fundamentar un auténtico régimen confiscatorio, lo mismo ocurriría si la brecha entre lo cotizado y lo percibido como prestación se hace irrisoria, el sistema devendría también en uno confiscatorio.

Mi recomendación incuestionable, el que pueda que se haga cuanto antes un fondo de pensiones.