ESPAÑA

FRACASO PUNITIVO

CATEDRÁTICO DE DERECHO PENAL Actualizado: Guardar
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Cuando un niño de 14 años -los que tenía 'El Rafita' en 2003- comete un crimen tan brutal como el de Sandra Palo, la alarma social generada por su actual detención tiene que ver más con aquel espeluznante crimen que con los delitos de robo y de uso de vehículo que se le imputan ahora, carentes de gravedad. Los jueces decidirán si merece la prisión preventiva -por esa reiteración criminal-, pero en realidad la polémica es otra: ¿pagó por aquel crimen? ¿es justo que sólo se le impusieran cuatro años de privación de libertad, aunque fuera la máxima posible? En otros sistemas jurídicos, los jóvenes pueden ser juzgados y penados como adultos (algo que reclamaba hace un mes, con supina ignorancia, Esperanza Aguirre) y en Estados Unidos, hasta 2005, podían ser condenados a muerte. El Tribunal Supremo lo prohibió por su inmadurez, pero aún se les puede aplicar la prisión perpetua. ¿Es esa la respuesta que pide la sociedad española? No lo creo.

A quienes les parece escasa la condena infligida a 'El Rafita' habría que recordarles que la Convención de Derechos de Niño (ratificada por España) y las Reglas Europeas para infractores juveniles (acordadas por el Consejo de Europa en noviembre de 2008) obligan atender, por encima de cualquier otra consideración, el «interés del menor» y su tratamiento individualizado, no la satisfacción del ánimo vindicativo de la sociedad o la retribución por el mal cometido, argumentos que carecen por completo de sentido cuando el brazo de la ley debe caer sobre un niño de 14 años, por muy asesino confeso que sea. Además, sería muy conveniente que leyeran el pasaje de la sentencia condenatoria donde el juez describe su perfil: «Se ha desarrollado -dice- en un ambiente carente de normas y referencias positivas. Sus padres cuentan con historial delictivo, relacionándose desde temprana edad con jóvenes asociales». El mismo ambiente al que seguramente volvió al cabo de esos cuatro años sin libertad, para reiniciar su incipiente carrera criminal con nuevas fechorías. Un claro ejemplo de fracaso punitivo: el reformatorio como antesala de la escuela superior carcelaria. Todo lo contrario de lo que nos ordena a todos el art. 25.2 de la Constitución y el sano sentido común.