Méndez y Fernández Toxo, el viernes en la Moncloa. :: EFE
Economia

Reforma laboral con pólvora del Rey

Los capítulos de la propuesta del Gobierno que más posibilidades tienen de salir adelante contarán con apoyo económico estatal La propuesta de Zapatero 'engrasa' la negociación con los agentes sociales gracias al dinero público

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La propuesta de reforma laboral presentada el viernes por el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, a los máximos responsables de la patronal y los sindicatos arrancó con buen pie, pese a que los antecedentes de la negociación de este asunto no podían ser más negativos, como demuestra la ruptura de las conversaciones del mes de julio.

En ese buen comienzo tiene mucho que ver el hecho de que algunas propuestas del Ejecutivo cuenten con el compromiso implícito de aportes económicos. También influyeron las garantías de que no se van a rebajar los derechos de los trabajadores o de que se cambiarán algunos mecanismos para mejorar la competitividad de las empresas.

Los ocho capítulos en que el presidente dividió el documento de reforma laboral podrían dar un vuelco radical al mercado de trabajo si los agentes sociales aceptaran llevarlo a los últimos extremos que permitiría una negociación en ese ámbito. Pero, consultadas fuentes empresariales y sindicales, todo apunta a que más allá de las primeras intenciones surgirán escollos que limitarán los cambios en el mercado laboral que exigen las instituciones internacionales para recuperar la credibilidad económica de España.

El principal contratiempo a superar en la negociación sobre la reforma laboral fue hasta junio el coste del despido. La poco explícita propuesta del Gobierno da algunas pistas de cómo se puede reducir esta partida para el empresario sin tocar los derechos de los trabajadores. La vía judicial es una alternativa.

Indemnizaciones

Los empresarios se quejan de que los despidos 'baratos', los motivados por 'causas objetivas' y los de fomento de la contratación indefinida -20 días y 33 días de indemnización por año trabajado, con límites respectivos de una y dos anualidades-, son «sistemáticamente» rechazados por los jueces, lo que ha llevado a los empleadores a utilizar masivamente el 'despido exprés'. Éste consiste en depositar la indemnización máxima, de 45 días por año trabajado, en el juzgado para evitar males mayores como los salarios de tramitación si pierden la demanda.

Pues bien, un párrafo casi críptico puede aclarar las intenciones del Gobierno, cuando propone examinar «si el funcionamiento de diversas instituciones laborales relacionadas con la extinción del contrato de trabajo es el más eficiente», lo que se interpreta en fuentes sindicales y empresariales como una referencia a esas sentencias. Y, en la misma línea, más tarde añade que sería necesario «reforzar y racionalizar» el principio de la «causalidad» de los despidos, dejando clara la distinción entre los disciplinarios y los económicos, y entre los procedentes e improcedentes.

Una vieja demanda empresarial es, precisamente, la desjudicialización de la salida del mercado laboral, es decir, del despido, aunque el Gobierno señala en el documento que de haber cambios han de realizarse «sin menosprecio del derecho a la tutela judicial efectiva».

Amplio consenso

También aportará medios económicos el Ejecutivo en los casos de regulación de empleo, en seguimiento del modelo alemán, que despierta un amplio consenso entre los agentes sociales. Por un lado, apunta que podría elevarse la bonificación de las cotizaciones empresariales por los trabajadores sometidos a ERE y, por otro, la posibilidad de cambiar el umbral de la jornada que da derecho a la protección por desempleo, lo cual también correría a cargo de las arcas públicas.

Un capítulo más complicado para avanzar en los acuerdos es el de la flexibilidad interna de las empresas, asunto de «capital» importancia para la competitividad desde la óptica empresarial. ¿A qué aspectos se refiere este apartado, que el documento no cita? Pues básicamente a la posibilidad de que las empresas puedan ampliar las jornadas laborales en épocas de carga de trabajo, cambios de turnos y de vacaciones, y a poder disponer de los trabajadores en puestos diferentes a los habituales. El problema, otra vez jurídico, es que el mantenimiento de las condiciones de trabajo es un derecho laboral y una modificación sustancial de las mismas puede ser rechazada por los jueces. Por eso, las fuentes sindicales consultadas sólo están dispuestas a avanzar en esa dirección si a cambio ganan en la conciliación de la vida laboral y familiar y que sólo se apliquen los acuerdos en las empresas que tengan menos de un 10% de plantilla temporal.

Un obstáculo menos difícil de salvar estará en la autorización de las agencias privadas de colocación con ánimo de lucro, que gustan poco o nada a los sindicatos y que las empresas ven «imprescindibles». Las centrales no parecen dispuestas a hacer casus belli de esta reforma sugerida por el Gobierno, pero a cambio piden que se dote a los servicios públicos de empleo de medios para poder competir con ellas, y una regulación muy estricta.