Imagen de archivo del etarra José Antonio Zurutuza Sarasola, alias 'Capullo'
lucha antiterrorista

Condenado a 46 años de cárcel el etarra 'Capullo' por el asesinato de Enrique Cuesta y su escolta

José Antonio Zurutuza Sarasola mató en 1982 al delegado de la Compañía Telefónica en Guipúzcoa y al agente Antonio Gómez García

MADRID Actualizado: Guardar
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La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a 46 años y ocho meses de cárcel al etarra José Antonio Zurutuza Sarasola, alias 'Capullo', por el asesinato en 1982 del delegado de la Compañía Telefónica en Guipúzcoa, Enrique Cuesta Jiménez, y su escolta, el agente de la Policía Nacional Antonio Gómez García. El tribunal, que rebaja en 14 años la petición realizada por el fiscal Daniel Campos, también establece una indemnización de 500.000 euros para los familiares de cada uno de los asesinados y la prohibición de que se aproximen a ellos durante cinco años desde el cumplimiento de la pena.

El tribunal considera probado que en marzo de 1982, Zurutuza formaba una partida dentro de los Comandos Autónomos Capitalistas -una escisión de ETA- y que, junto a otros dos individuos, decidieron matar al entonces delegado de Telefónica en San Sebastián, Enrique Cuesta, para lo que "vigilaron y comprobaron sus recorridos". Sobre las 15.00 horas del 26 de marzo de ese año, según la sentencia, los tres hombres esperaron en la Avenida Sancho El Sabio de San Sebastián hasta que Cuesta y su escolta aparecieron y Zurutuza, "de forma rápida e inopinada, sin posibilidad de defensa para los atacados", realizó varios disparos contra ellos, "causándoles la muerte prácticamente en el acto".

Las otras diez causas han prescrito

Las acusaciones solicitaron el pasado mes de febrero una sentencia condenatoria de 60 años de prisión y una indemnización de hasta 1.200.000 euros para los familiares de las víctimas, mientras que la defensa insistió en que el delito había prescrito. Pero según la sentencia de la Audiencia Nacional, la causa no puede considerarse prescrita porque el segundo procesamiento de Zurutuza se fechó el 22 de diciembre de 1983 y el Gobierno español efectuó la petición de extradición de Zurutuza el 5 de diciembre de 2002. 'Capullo' tenía once causas pendientes en la Audiencia Nacional, pero sólo será condenado por ésta porque el resto han sido declaradas prescritas.

Durante la primera sesión del juicio al etarra, que se celebró entre el 11 y el 17 de febrero, la mujer y la hija del directivo de Moulinex José María Latiegui, que fue asesinado por ETA el 14 de abril de 1981 en Usurbil (Guipúzcoa), fueron expulsadas de la Audiencia Nacional por el presidente del tribunal, Javier Gómez Bermúdez, después de que exhibieran carteles en los que reclamaban que 'Capullo' también fuera juzgado por este crímen, uno de los que se ha considerado prescrito.

El fallo también recoge el voto particular de Ramón Sáez Valcárcel, que dice que la participación del acusado en los hechos no está probada porque las declaraciones policiales de imputados "son inválidas" por no haber respetado "los derechos fundamentales al límite temporal de la detención, a la asistencia de letrado y a la reserva jurisdiccional de la decisión de incomunicación".