El interventor aconseja en su informe la disolución de esta empresa municipal.
El interventor aconseja en su informe la disolución de esta empresa municipal. - LA VOZ
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Un nuevo informe del interventor avala la disolución de Cádiz 2012

Asegura que las pérdidas económicas y la finalización de la actividad para la que fue creada son principales motivos de la disolución

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El Ayuntamiento de Cádiz ha dado a conocer un nuevo informe del interventor municipal (con fecha de 27 de junio) sobre el control financiero de las cuentas anuales de 2015 de la Sociedad Municipal Cádiz 2012, que aconseja la disolución de esta empresa después de acumular dos años seguidos de pérdidas. Concretamente, más de 500.000 euros.

En el documento se recoge, según explica el concejal de Economía y Hacienda, David Navarro, «que ya en 2012 el propio Pleno municipal, con mayoría del PP, aprobó liquidar esta empresa, dentro del Plan de Ajuste para el pago de proveedores y tras la finalización de los eventos programados dentro del Bicentenario de la Constitución de Cádiz». Una decisión -asegura- que contó con el informe favorable del Ministerio de Economía y Hacienda.

Cuatro años más tarde, «el documento elaborado por el interventor vuelve a recomendarnos que se disuelva esta sociedad ante las pérdidas económicas y la finalización de la actividad para la cual fue creada». El informe recoge que la empresa, por sí misma, «es incapaz de generar ingresos para sostenerse y hace hincapié en que las pérdidas registradas en 2014 alcanzan los 396.320,70 euros y en 2015 superan los 217.382 euros.

El interventor propone dos opciones para con esta empresa. Por un lado, «conforme al artículo 363 de la Ley de Sociedades de Capital, la empresa ha incurrido en causa de disolución, tendiendo la empresa los fondos propios en situación de negativo», y por otro, «en base a la disposición Adicional novena de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases de Régimen Local (modificada por la Ley 27/2013) y al encontrarse la empresa en situación de desequilibrio financiero, se hace necesario la realización, en el plazo de dos meses, de un plan que corrija dicho desequilibrio».

Navarro indica que «ante la imposibilidad de inyectar capital a la empresa nos vemos obligados a optar por la primera recomendación que pasa por la disolución y posterior liquidación de la misma».

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