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Reino Unido, condenado por detener terroristas islámicos sin cargos

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos falló ayer que la legislación británica que imponía la detención sin cargos de sospechoso extranjeros de estar vinculados al terrorismo islamista fue discriminatoria y que los encarcelados no pudieron defenderse adecuadamente frente a las acusaciones del Estado.

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La ley Antiterrorista de 2001, que es la que sirvió para el encarcelamiento de las once personas que presentaron el recurso al Tribunal de Estrasburgo, ya fue derogada en 2005. El Tribunal de los Lores había también dictado un fallo contrario a aspectos de la ley, que los jueces europeos ahora confirman.

La sentencia del Tribunal europeo dice, como ya establecieron los lores, que la ley discriminaba a acusados según su nacionalidad, porque no se aplicaba la misma medida extrema -justificada por la alarma antiterrorista tras los atentados de Estados Unidos- a ciudadanos británicos, que también eran sospechosos.

El encarcelamiento era dictado por un Tribunal especial de emigración y se presentaban contra ellos cargos, cuyas pruebas no eran del todo reveladas.