tribunales

El Supremo fija en 15 años el plazo para exigir a un menor responsabilidad civil en un delito penal

El alto tribunal toma como referencia el Código Civil y no la legislación de menores que establece un año

MADRID Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

El Tribunal Supremo ha decido fijar en 15 años el plazo para poder exigir la responsabilidad civil en relación a delitos que hayan sido juzgados en vía penal por un Juzgado de menores. De este modo, el alto tribunal toma como referencia el Código Civil y no la legislación de menores que establece un año de plazo.

Así lo recoge el fallo adelantado por la Sala de lo Civil después de deliberar ayer si, en caso de que un menor cometa un hecho del que derive responsabilidad civil, el plazo para exigirla es de un año --como establece la legislación específica aplicable al caso enjuiciado sobre menores-- o el general de 15 años que se contiene en el Código Civil, aplicable a los mayores de edad.

Esta Sala de lo Civil del alto tribunal se reunió para decidir sobre este tema a partir de un recurso interpuesto contra la sentencia dictada el pasado 11 de abril por la Audiencia Provincial del Granada.

Según el fallo, se "entiende aplicable el plazo de 15 años de prescripción a las acciones de reclamación de daños causados por la comisión de un delito y aplica esta doctrina a la reclamación por daños causados por un menor dirigida contra los padres de otro menor sancionado por la jurisdicción de menores por un hecho que reúne los elementos de un delito, excepto la falta de imputabilidad de su autor".