ESPAÑA

El Supremo destroza la 'operación Nova' y absuelve a 14 de los 20 condenados

El Tribunal Supremo dejó ayer reducida a la nada la 'operación Nova', la más importante redada policial contra el terrorismo islamista desatada en España desde la desarticulación y encarcelamiento de los grupos que ejecutaron la matanza del 11-M.

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El alto tribunal absolvió a 14 de los 20 activistas a los que la Audiencia Nacional condenó en febrero pasado a penas que sumaban 143 años de cárcel por integración o colaboración con banda armada, y redujo de nueve a sólo dos años de cárcel la pena de un decimoquinto condenado. Sólo cinco de los penados han visto confirmada su condena. La sentencia que recoge los argumentos que sustentan el fallo se conocerá en los próximos días.

La Audiencia Nacional entendió, en la sentencia que ha sido en parte anulada, que entre 2002 y 2004, y bajo el liderato del marroquí Abderrahmane Tahiri, se constituyó en varias prisiones españolas y algunas poblaciones de Levante un peligroso entramado de grupos 'yihadistas' que se preparaban para pasar a la acción y al que sólo la intervención policial impidió cometer atentados.

Durante el juicio quedó probado que Tahiri, también conocido como Mohamed Achraf, estaba obsesionado con volar la Audiencia Nacional mediante un camión bomba con centenares de kilos de explosivos, pero nunca dio los pasos precisos para hacerlo. Los detenidos fueron condenados como miembros o colaboradores de una banda terrorista, pero absueltos de delito conspiración para atentar.

El fallo de Supremo dado a conocer ayer mantiene la condena de 14 años de cárcel a Tahiri como dirigente de organización terrorista, la de 11 años de cárcel por igual delito para su lugarteniente, Saif Afif, y los siete años de prisión para Kamura Birahima Diade, uno de sus ayudantes.

Los otros tres extremistas que no lograron la absolución son los colaboradores del grupo 'yihadista' Mourad Yala (9 años de cárcel), Ziani Mahdi (5) y Redha Cherif, al que el tribunal absuelve como miembro de la organización terrorista aunque le impone dos años de prisión por falsificación de documentos.

El Supremo absolvió a los 15 condenados restantes del delito de pertenencia a banda terrorista. La Audiencia Nacional, minutos después, ordenó a Instituciones Penitencias su excarcelación por esta causa. Pero alguno de los absueltos no saldrá de la cárcel de inmediato porque todavía cumple condenas por otros delitos comunes.

Entre los absueltos se encuentra un peligroso terrorista argelino, Abdelkrim Bensmail, que desde 1997 cumple condena por su pertenencia a una célula de Grupo Islámico Armado (GIA) que fue desarticulada en Valencia. Era el mejor amigo de Alekema Lamari, uno de los siete miembros del núcleo central de la célula del 11-M que se inmolaron en Leganés cuando les acorraló la policía.

La sentencia de la 'operación Nova' ratifica la doctrina establecida por el alto tribunal el pasado 17 de julio, cuando convirtió en firme la resolución que condenaba a los principales responsables de la matanza del 11-M, según indicaron fuentes judiciales.

Aquella sentencia estableció una clara y novedosa doctrina para definir qué es un terrorista 'yihadista' y cuáles son los elementos mínimos hay que hay que cumplir para pertenecer a una organización de este tipo. Quince de los condenados en la 'operación Nova' han sido absueltos porque no cumplen los criterios mínimos para ser considerados miembros de una organización terrorista.

La sentencia del 11-M les definió como radicales e integristas que mantienen contactos con otros extremistas, conocen a miembros del grupo terrorista e incluso son personas a vigilar con cuidado por la Policía, pero estableció que no pueden ser condenados porque no hay pruebas de que hayan tomado la decisión de pasar de las palabras a los hechos.

«La coincidencia ideológica con otras personas, aunque sea en ideas violentas, y la relación entre ellos no acredita por sí misma la pertenencia a organización terrorista», explicaba aquella resolución.

La nueva doctrina no exige que un grupo, para ser terrorista, haya cometido ya atentados o esté en su última fase de preparación, pero sí considera indispensable que sus miembros hayan pasado del pensamiento a la acción para realizar sus fines mediante la violencia y el terror.

El criterio del Supremo, mucho más exigente que la Policía y la Audiencia Nacional, puede provocar que sea imposible condenar a algunos de los imputados en el resto de las redadas contra islamistas realizadas tras el 11-M.