DATOS. Durante el pasado año, fueron 30 las familias que iniciaron expedientes de adopción en la ciudad. / QUÉ
Jerez

La adopción fue solicitada en el primer semestre del año por 16 familias jerezanas

Los datos apuntan a que se sigue la tónica de 2007, siendo Rusia, Etiopía y China los países más demandados

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La adopción de menores se ha convertido en una de las alternativas más plausibles para las personas que encuentran dificultades a la hora de concebir un hijo.En el caso de Jerez, durante el primer semestre del año vigente fueron 16 las familias que iniciaron los trámites para adoptar niños procedentes de otros países. Un dato facilitado por la Delegación de Gobernación, que refleja una tendencia muy similar a la registrada en 2007, que se cerró con la tramitación de 30 expedientes.

Aunque la información acerca de los países de origen no ha trascendido, a nivel andaluz los más demandados han sido Rusia, Etiopía, China y Kazajstán. En lo que respecta al proceso a seguir para conseguir la paternidad de estos menores, se puede decir que el procedimiento resulta claramente complejo, y la burocracia retrasa en muchas ocasiones la llegada de los pequeños al lugar del destino, por encima de lo que sería deseable.

Esta dificultad se explica en el hecho de que para llevar a cabo la tramitación de los expedientes, hay que conjugar los preceptos y normas legales de los dos estados implicados, tanto del de origen como del de recepción. El primer paso de obligado cumplimiento es la declaración de idoneidad de las familias, cuyo requisito fundamental es que estén compuestas por parejas heterosexuales o personas individuales, con 25 años cumplidos y con al menos 14 más que el niño al que pretenden adoptar.

Esta declaración se resolverá en un plazo aproximado de seis meses, que se dividirá en dos etapas diferenciadas: la de información y formación, y la de la realización de informes sociales y psicológicos. La evaluación será llevada a cabo por profesionales, que tratarán de determinar la capacidad de las familias para ser padres, y si ésta es la posibilidad más adecuada atendiendo a sus circunstancias. La resolución de idoneidad tiene una validez de tres años a contar desde la fecha de notificación de la misma, y deberá actualizarse cuando transcurra dicho plazo.

Elección del país

El siguiente trámite es el de la preparación del expediente para su envío al país en cuestión. Una vez que la familia ha cerrado el primer paso, ahora deberá elegir el estado o estados de procedencia del menor, que no podrán ser más de dos. No obstante, estos países deberán cumplir unas condiciones mínimas exigibles, incluyendo el requisito fundamental de contar con una red oficializada dedicada a la tramitación de los expedientes de adopción.

En este sentido, la familia interesada tendrá que obtener todos los documentos personales que le exija el estado elegido, procediendo a su legalización y traducción jurada, en su caso. Cada país decidirá el procedimiento a llevar a cabo, una vez que le llegue el expediente de adopción del extranjero. Así, corresponderá a aquél decidir libremente si acepta a la familia solicitante, así como la forma en la que asignará al menor. Ante la cantidad de personas que desean adoptar a niños sanos y menores de tres años, tendrán más posibilidades aquellas que sean más flexibles en su demanda.

En la gran mayoría de los casos, se hace necesario un periodo de convivencia entre el menor y su nueva familia, con el objetivo de valorar el acoplamiento entre ambos. Ultimado esto, comenzará el proceso judicial de la adopción en el que, si el estado elegido lo exige, intervendrá un abogado nombrado por la familia. Una vez constituida la adopción, se inscribirá bien en el Registro Civil del Consulado de España en el país, en el Registro Civil Central o en el Registro Civil del domicilio de los beneficiados.

La llegada del menor es obviamente el momento más esperado. Cuando se haya hecho efectivo el papeleo necesario para ello, las autoridades epidemiológicas recomiendan que los padres lleven al niño al médico durante la primera semana de estancia, para revisar su sistema inmunológico. Además, conviene que se retrase el inicio de las actividades escolares o de guardería hasta pasados los 20 días desde su llegada, teniendo en cuenta tanto la adaptación del pequeño como la posibilidad de que esté en fase de incubación de alguna enfermedad.

Conviene estar muy pendientes de los seguimientos postadoptivos, que tienen por objeto comprobar la integración del menor, ya que su incumplimiento puede conllevar la suspensión de la adopción. Para estos trámites, los interesados podrán dirigirse a la Junta de Andalucía a través de la Consejería de Bienestar Social, o a organizaciones no gubernamentales reconocidas como Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional (ECAI).

admontalvo@lavozdigital.es