ESPAÑA

El fiscal pide reabrir el caso del joven que murió atropellado por un conductor que reclamaba los daños de su coche

El automovilista exigía a los padres de la víctima una indemnización para sufragar la reparación de su vehículo siniestrado

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El Fiscal Superior de La Rioja, Juan Calparsoro, envió ayer un escrito al Juzgado de Instrucción Número 1 de Haro, en el que solicita la reapertura de las diligencias previas derivadas del atropello mortal del joven Enaitz Iriondo, ocurrido el 26 de agosto de 2004. El fatal accidente de Enaitz, de 17 años y natural de Durango (Vizcaya), se produjo cuando regresaba de noche en bicicleta, sin casco y sin chaleco reflectante, al cámping de Castañares de Rioja, donde se encontraba de vacaciones con sus padres. Un mes después, el Juzgado Número 1 de Haro archivó las diligencias, porque consideró que el hecho no supuso una infracción penal.

En marzo de 2006, el conductor, Tomás Delgado, reclamó a los padres de Enaitz 20.000 euros en concepto de los daños ocasionados por el accidente en su coche, un Audi A-8, así como los gastos de alquiler de otro vehículo. Sin embargo, ante la presión social tras la aparición de los padres en diversos medios de comunicación, el pasado 31 de enero Delgado retiró la demanda y fue condenado a abonar las costas del juicio. Ahora el fiscal pide en su escrito que se tome declaración como imputado a Tomás Delgado. También solicita que se tome declaración a Antonio Iriondo y a Rosa María Trinidad, padres de la víctima, y que se tenga en cuenta el nuevo informe de la Unidad Central de Reconstrucción de Accidentes de la Guardia Civil de Tráfico. Además el fiscal considera que será necesario tomar declaración a los agentes de la Guardia Civil que instruyeron el atestado inicial, a los testigos presenciales y a los peritos que hicieron el informe para los padres del fallecido. Calparsoro explicó que la razón fundamental para pedir la reapertura de las diligencias previas ha sido el informe elaborado por la Unidad Central de Reconstrucción de Accidentes de la Guardia Civil de Tráfico.

El vehículo circulaba entre 140 y 160 kilómetros por hora, cuando la carretera en la que ocurrió el accidente tiene un límite de 90. El informe inicial recogía que el conductor circulaba a 113 kilómetros. Este fue uno de los principales motivos que llevó al Juzgado al sobreseimiento.

Para el fiscal jefe, el conductor Tomás Delegado prescindió de las circunstancias de nocturnidad y la proximidad de un camping. A Delgado se le practicó, una hora después del accidente, un test de alcoholemia que arrojó una tasa de 0,15 gramos de alcohol por litro de sangre, inferior a la autorizada por la ley. Sin embargo, dijo Calparsoro, «habría que preguntarse qué habría dado en el momento del siniestro».

Por añadidura, el punto de colisión aún no está esclarecido. Un nuevo elemento que se ha de ponderar, según el fiscal, es «la posición de la bicicleta en el momento del accidente».