INVESTIGADO. Rafael Tirado, en una imagen de archivo. / ROCÍO RUZ
ANDALUCÍA

Los inspectores dicen que el descontrol del juez Tirado dejó libre al asesino de Mari Luz

El Poder Judicial decide el lunes si le sanciona por una falta muy grave El expediente puede acarrearle desde un traslado a la expulsión de la carrera

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El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) expedientará por falta muy grave a Rafael Tirado, el magistrado sevillano que tardó más de dos años en ejecutar la sentencia que habría supuesto el encarcelamiento de Santiago del Valle, el presunto asesino de la niña Mari Luz Cortés, que murió el pasado mes de enero. El sospechoso tendría que haber ingresado en prisión para cumplir una condena de más de tres años de cárcel por abusar de su propia hija en la primavera de 2006, pero el escaso control que ejercía el juez sobre su juzgado le permitió seguir en libertad.

Según fuentes del CGPJ, la comisión disciplinaria, que el lunes se reunirá de urgencia, aceptará la propuesta presentada ayer por el servicio de inspección y abrirá a Tirado un expediente sancionador ante los indicios de que ha cometido una falta muy grave de desatención de sus funciones en la tramitación y resolución de las causas de su juzgado, el Penal 1 de Sevilla.

El expediente, que se instruirá en un plazo inferior a seis meses, puede acarrear al juez sanciones que van desde el traslado forzoso -a más de 100 kilómetros- y la suspensión -por un máximo de tres años- a la expulsión de la carrera judicial si el pleno del CGPJ aprecia la falta muy grave. La comisión disciplinaria, en la reunión del lunes, también deberá debatir si es necesario acordar la suspensión cautelar del juez en sus funciones mientras se instruye el expediente. Esta medida se toma si se cree que los ocurrido puede condicionar su labor.

Errores y omisiones

La inspección, en un informe de 33 folios, analiza todos los hechos y llega a la conclusión de que la demora de dos años, dos meses y nueve días en ejecutar la sentencia firme por abusos sexuales contra Santiago Del Valle fue debida a «trámites dilatorios, errores y omisiones» cometidos por los funcionarios y la secretaria judicial del Juzgado Penal 1 de Sevilla, que fueron posibles gracias a «la pasividad», la «dejación de funciones» y la «ausencia de control» por parte de Tirado de la actividad de los funcionarios.

La investigación es taxativa cuando dice que el magistrado incumplía «de forma habitual» sus obligaciones de asegurar la ejecución de las sentencias, «ya que no existía ninguna actividad de supervisión y control» sobre el trabajo de sus subordinados.

Todo este cúmulo de errores se resume en que el juzgado no ordenó la detención e ingreso en prisión de Del Valle hasta el pasado 27 de marzo, dos días después de su detención en Huelva por el asesinato de Mari Luz. Esto ocurrió pese a que la sentencia firme estaba pendiente de ejecución desde el 3 de enero de 2006.

A esta situación se llega, según los inspectores del Poder Judicial, porque la secretaria y el juez, en vez de ordenar de inmediato la detención y encarcelamiento del condenado, perdieron un año y ocho meses en tratar de averiguar su domicilio para citarle en el juzgado. Cuando ya se dieron cuenta que no lo conseguirían, en vez de dictar una orden de detención, perdieron otros cinco meses de forma innecesaria en lograr que la Fiscalía les dijese si le parecía bien tomar esta medida.

El magistrado, en su informe de descargo ante la inspección, achaca el retraso en la ejecución de esta sentencia a la sobrecarga de trabajo, a los múltiples cambios de personal, muchos de ellos inexpertos, y a la escasez de funcionarios. La inspección, sin embargo, dice que estas alegaciones no logran explicar lo ocurrido.

El Poder Judicial tiene previsto remitir copia del informe de la inspección tanto al Ministerio de Justicia como a la Fiscalía General del Estado y a la Junta de Andalucía, para que «valoren conductas de los funcionarios intervinientes sometidos a su potestad disciplinaria» en sus propias investigaciones disciplinarias.

Con esta prevención no sólo se refiere a los posibles errores, dilaciones y omisiones de algunos miembros del Juzgado Penal 1 sino al papel de los acusadores (Fiscalía y Junta). Indica que, pese a los más de dos años de dilaciones, «no denunciaron demoras o irregularidades en la tramitación de la ejecutoria, ni recurrieron las resoluciones».