SINIESTRO. El 19 de julio de 2001 un accidente laboral en esta vía jerezana causó la muerte de dos trabajadores. / J. G.
Ciudadanos

Multan con 600.000 euros a dos empresas por el accidente laboral de Ronda Muleros

El suceso causó la muerte de dos trabajadores e hirió gravemente a un tercero en el año 2001 Esta sanción es el castigo económico más elevado que impone la Junta de Andalucía

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El 19 de julio de 2001 dos personas perdieron la vida mientras que trabajaban en las obras de una promoción de viviendas en Ronda Muleros. Este acontecimiento, donde también resultó herido de gravedad un tercer empleado hermano de uno de los fallecidos, conmocionó a toda la ciudad.

El accidente se produjo cuando se derrumbó un muro medianero sobre una zanja en la que los empleados estaban colocando armazones de ferralla. El accidente mortal, según la sentencia dictada el 11 de diciembre de 2007 por el Juzgado Penal número 2 de Jerez, tuvo lugar «ante la ausencia absoluta de medios preventivos».

Así las cosas, la Junta de Andalucía ha impuesto la mayor sanción prevista en la comunidad, 601.012 euros, a las dos empresas responsables del siniestro por incumplir la normativa en seguridad y salud laboral y omitir las medidas de prevención vigentes. La multa ha partido de la Consejería de Empleo, quien propuso sancionar a las dos firmas, Al Trote Ferrallas SL y Grupo Inmobiliario Fénix Camacho SL, de forma solidaria por una infracción tipificada como muy grave.

Para dictar la sanción, el ejecutivo andaluz ha tenido en cuenta los informes realizados por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Cádiz, así como la sentencia dictada en relación a este asunto.

Se trata del castigo económico más elevado de los impuestos en este ámbito durante la pasada legislatura, y su tardanza es debida a que la tramitación del expediente sancionador tuvo que suspenderse a la espera de que se resolviese el proceso penal.

Numerosos fallos

Es importante destacar que las operaciones realizadas especificaban que las zanjas se abrieron en estas obras, en cortes totalmente verticales, carecieron de talud alguno, de entibado o aseguramiento interior y que además no se tuvo en cuenta la distancia entre el borde de las mismas y unos muros medianeros que no se apuntalaron.

El hecho de que ninguna de las dos empresas continúe en activo hace dudar del pago de la sanción. Ya en su día fue la Seguridad Social la que tuvo que hacer frente a las indemnizaciones otorgadas por los tribunales a las familias de las víctimas, que cobraron alrededor de 150.000 euros por cada uno de los operarios fallecidos en el siniestro.