ESPAÑA

El Supremo ve desproporcionado suspender a ANV con el proceso de ilegalización abierto

Los magistrados del alto tribunal dejan claro que sus decisiones y las del juez Garzón no se interfieren aunque coincidan en el tiempo Tribunal y juez coinciden en dejar a ANV sin dinero de las arcas públicas

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Los magistrados de la Sala Especial del artículo 61 del Tribunal Supremo, que en los próximos meses decidirá sobre la eventual ilegalización de ANV y del PCTV, instada por el Gobierno y la Fiscalía General del Estado, consideran que la suspensión cautelar de las actividades de ANV sería una medida «desproporcionada» en este momento procesal. En un auto dado a conocer este sábado, los jueces señalan que la medida solicitada por los demandantes es muy «grave» y equivaldría a «la disolución anticipada del partido». Por ello, y para preservar el pluralismo político, prefieren pronunciarse en sentencia definitiva y tras un análisis pleno de todas las pruebas, no sólo en virtud de indicios.

Los dieciséis jueces de la llamada 'Sala del 61' (sala especial del alto tribunal que trata, entre otros asuntos, de los procesos de ilegalización de los partidos políticos), adoptan esta resolución en el mismo auto por el que establecen la anulación de las candidaturas presentadas por ANV a las elecciones generales del próximo 9 de marzo y el cierre de todas sus vías de financiación con fondos públicos. El texto, del que ha sido ponente Ricardo Enríquez Sancho y que contó con el respaldo unánime de toda la sala, basa la prohibición a ANV de concurrir a los comicios en la «intensidad especial» de los indicios recabados por las fuerzas de seguridad, que en sus informes han relacionado a este partido y a sus representantes con la ilegal Batasuna.

No limitar el pluralismo

No obstante, para «no limitar indebidamente el pluralismo político», el Supremo deniega a la Fiscalía y a la Abogacía del Estado -que defiende los intereses del Gobierno en este proceso- su pretensión de suspender las actividades de ANV a la espera de que, en unos meses, haya una sentencia firme. El alto tribunal explica que «el peligro que puede representar la permanencia en la vida pública durante unos meses de un partido inscrito en el Registro de Partidos Políticos en el año 1977 no puede anteponerse al que supone impedirle toda actividad durante este corto espacio de tiempo».

Los magistrados destacan que los indicios presentados por las partes demandantes para sustentar sus demandas de ilegalización son «relativamente recientes», y datan de los últimos meses de 2007 y de enero de 2008. «Si el sistema democrático ha conseguido absorber con éxito en este tiempo los efectos perturbadores de un partido que, alegan los demandantes, colabora con organizaciones ilegales, parece desproporcionado adoptar ahora una medida que representaría la disolución anticipada del partido cuando sólo unos meses más tarde podrá decidirse sobre esta cuestión, no con el carácter indiciario en que ahora debemos manifestarnos, sino en una sentencia definitiva, tras un pleno análisis y comprobación de todos los elementos que las partes pongan a nuestra disposición», concluye la 'Sala del 61'.

La sala desvincula en todo momento sus decisiones dentro del proceso contencioso-administrativo de ilegalización de ANV y del PCTV, y las que pueda adoptar de aquí al día en que haga pública su sentencia, del proceso que por la vía penal instruye en la Audiencia Nacional el juez Baltasar Garzón. Dentro de ese sumario penal 4/2008, el juez Garzón ordenó el viernes pasado la paralización de las actividades de ambos partidos, así como el cierre de sus sedes, locales y vías de financiación.

«Compatibilidad»

Los magistrados del Supremo subrayan la «compatibilidad» de los dos procesos, y argumentan que la coincidencia en el tiempo de uno y otro «no interferirá la continuación de ambos hasta su finalización, produciendo cada uno de ellos los correspondientes efectos». «Nuestra decisión en modo alguno puede resultar condicionada a la decisión adoptada en el proceso penal», declaran. Es decir, la 'Sala del 61' viene a decir que las decisiones que tome el juez Garzón sobre ANV y el PCTV no marcan el sentido de sus posteriores resoluciones ni tienen por qué coincidir con ellas. Los jueces explican que cuanto pueda decidir Garzón responde a «avatares que, bajo las circunstancias y vicisitudes impuestas por la instrucción del sumario, quedan fuera del alcance» de la 'Sala del 61'.

En lo que sí coinciden Garzón y la 'Sala del 61' es en la pertinencia de despojar a ANV de cualquier recurso o financiación procedente de las arcas públicas. Al respecto, el Tribunal Supremo subraya que la recepción de esos fondos públicos «no es determinante para la actividad de un partido», y su congelación «permite que durante el tiempo de tramitación del proceso principal no salgan de las arcas públicas fondos que, si se acreditan las alegaciones de las partes demandantes, podrían contribuir al apoyo económico de organizaciones ilegales».

La Sala tampoco acepta congelar las cuentas corrientes en que ANV atesora «fondos de muy diversa procedencia», que «ya están en su patrimonio» y con los que cuenta para su normal funcionamiento. La intervención de esas cuentas, señalan los magistrados, «podría acarrear al partido inconvenientes innecesarios y excesivamente onerosos en relación a la finalidad que se persigue con la tutela cautelar».

El Tribunal Supremo hará público, previsiblemente mañana lunes, otro auto relativo al Partido Comunista de las Tierras Vascas (PCTV), inmerso en una causa de ilegalización similar a la de ANV, pero que no ha presentado candidaturas a las elecciones del 9-M.