Rabei Osman el Sayed, 'El Egipcio', a su llegada al aeropuerto de Torrejón, en Madrid, tras ser entregado en noviembre de 2006 por las autoridades italianas para que fuera juzgado por el 11-M. /Archivo
según la fiscalía italiana

'El Egipcio', absuelto por el 11-M debido a un «difícil problema técnico»

El principio jurídico 'non bis in idem' establece que si una persona ha sido considerada terrorista en una sentencia no puede ser condenado dos veces por la misma acusación

MADRID Actualizado: Guardar
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El fiscal especializado en terrorismo islamista de la Fiscalía General de Milán, Estéfano Deambroso, ha calificado hoy en Madrid como "un problema técnico muy difícil de resolver" la absolución de Rabei Osman el Sayed, alias 'El Egipcio' por parte del tribunal del 11-M. Responsabiliza de esta situación a "la falta de experiencia en el campo de la asociación transnacional".

Deambroso se ha referido al conflicto creado entre la Justicia española y la italiana debido al principio jurídico de 'non bis in idem' que establece que si una persona ya ha sido considerada terrorista en una sentencia no puede ser condenado dos veces por la misma acusación.

A juicio del fiscal, el caso concreto de Rabei Osman "es nuevo y muy difícil de resolver", un problema "técnico" derivado de que 'El Egipcio' fue condenado en Italia "primero por asociación terrorista y por su participación en los atentados de Madrid, pero después fue condenado tan solo por su asociación delictiva". El fiscal ha explicado que Rabei Osman "es un terrorista pero fue absuelto por su participación en el 11-M y ahora está el recurso de la Fiscalía General de Milán en casación".

En el escrito de acusación en Italia "fue considerado terrorista porque era un terrorista en Europa, en Madrid, en Italia y en Alemania". Así se ha pronunciado Deambroso con motivo de su participación en un seminario sobre protección de testigos en los casos de delitos violentos.

Su condena en Italia no es firme

En el mismo acto, el juez de enlace entre España e Italia, Jesús Santos, ha explicado que "el único delito por el que se acusaba a 'El Egipcio' en la sentencia de Italia era el de asociación terrorista donde parte de los hechos que se imputaban hacían referencia a su papel en el 11-M". No obstante, ha recordado que "esta sentencia no es firme y está pendiente de recurrirse ante el tribunal de casación italiano".

En este sentido, Santos ha señalado que la Fiscalía española ha recurrido la sentencia del 11-M en lo referente a la absolución del 'El Egipcio' ya que, según entienden, el principio de 'nom bis in idem' "es aplicable solo en el momento en el que hay sentencia firme y la de Italia no lo es".

"La sentencia italiana hace una referencia directa al papel singular que Rabei Osman desempeñó en los atentados de Madrid y la vinculación que tenía con los autores de los atentados de Madrid", ha insistido el juez español, que se ha preguntado qué sucedería si la casación del tribunal italiano al final absolviera a 'El Egipcio'. "Queremos evitar esa situación", apuntaba.