Carlos González, presidente del Córdoba, junto a dos consejeros
Carlos González, presidente del Córdoba, junto a dos consejeros - ARCHIVO
JUNTA EXTRAORDINARIA

¿Puede el Córdoba CF comprar acciones a González?

Tendría un límite de cinco años para hacerlo y un máximo del 20 por ciento del capital

CÓRDOBA Actualizado: Guardar
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El Córdoba CF SAD ha convocado la Junta General Extraordinaria el mismo día y lugar, pero fijada a las 11.30 horas, con el principal punto del orden del día en autorizar al Consejo de Administración blanquiverde para la adquisición derivativa de acciones del club. En primer lugar, la adquisición derivativa de acciones propias supone que el Córdoba podría adquirir títulos del club ya existentes. Por tanto, sólo habría dos opciones: que el CCF adquiera acciones de Ecco Documática (Carlos González) o de los accionistas minoritarios.

Este tipo de adquisición, más habitual en sociedades cotizadas en bolsa que en simples SA o SAD, está regulada y permitida por la legislación. Eso sí, se establecen una serie de límites. En primer lugar y entre los más importantes, hay uno temporal.

La autorización que tendría el Consejo sería de cinco años. Además, en segundo lugar, también hay un tope de acciones que pueden adquirirse. En el caso de una SAD como el Córdoba es el 20 por ciento del capital suscrito. Como el capital del CCF es de 1,8 millones de euros (dándolo por íntegramente desembolsado, que es otra condición), ese límite estaría sobre los 375.000 euros en el supuesto del CCF.

La adquisición puede ser a título oneroso (con contraprestación-dinero, por decirlo en términos populares) o gratuito (sin coste para el adquirente, en términos llanos). De ahí que hasta que se conozca la fórmula usada sea imposible determinar cuál es la finalidad que se busca con este movimiento de autorizar al Consejo (es decir, al Córdoba) a conseguir acciones del propio Córdoba (ya estén en manos de González o los minoritarios ahora mismo).

El acuerdo que se adopte en la junta sí obliga a especificar de qué modo se van a transmitir las acciones (compraventa, permuta o cualquier otra opción), el número de acciones que van a adquirirse, el precio máximo y mínimo de cada acción (si es que se hace a título oneroso) y la duración de esa autorización (el Córdoba ya ha especificado que cinco años).

Por último, hay que recordar que Prasa tiene un derecho de tanteo y retracto de cualquier traspaso de acciones de González (Ecco Documática). Además, durante cinco años (hasta junio de 2016), José Romero tenía opción al 50 por ciento de cualquier venta de acciones del club. Por tanto, otra gran cuestión es si este traspaso también estaría sometido a ellos o, por el contrario, los «regatearía».

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