Un rehalero con dos podencos
Un rehalero con dos podencos - Archivo
MEDIO AMBIENTE

Las obligaciones fiscales de la caza

Las monterías son negocios que tienen su reflejo en la Seguridad Social y en Hacienda

Córdoba Actualizado: Guardar
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Una montería no se organiza a la ligera y quienes participan en ella tienen que asumir una serie de responsabilidades que trasciende más allá de su pasión por la caza. ABC ha contactado con expertos en materia fiscal y laboral para conocer cuáles son sus obligaciones.

En primer lugar, hay que empezar por el propietario de la finca, que puede coincidir también con el organizador. Si la arrienda a un segundo para montear, el propietario tendrá que declarar sus ingresos por este concepto, con su correspondiente IVA, puesto que no se trataría de un arrendamiento rústico, que sí está exento.

El organizador, aparte de realizar los trámites para su celebración, está obligado a darse de alta tanto en la Seguridad Social como en Hacienda.

Este hecho viene determinado por la venta de puestos, de carne o porque la finca esté inmersa en otra actividad económica. Existen organizadores que desarrollan su actividad bajo la figura de asociaciones deportivas, cuyas obligaciones no son las mismas ya que no hay ánimo de lucro en su objeto social.

Factura para el cazador

Los cazadores son, quizá, el principal actor de la montería. Abonan una cantidad por la compra del puesto, en cuyo caso deberán recibir una factura por parte del organizador. Si son socios de un club o asociación también tendrán que recibir de dichas entidades la factura que, en estos casos pueden estar exentas del IVA.

Otro de los actores cuyas obligaciones ha cambiado en los últimos año, no sin levantar una gran polémica, han sido los rehaleros. Actualmente, los titulares de las rehalas no tienen la obligación de darse de alta como autónomos si no perciben ingresos o si estos son inferiores al Salario Mínimo Interprofesional, es decir, superar los 9.080,40 euros netos al año o los 756,70 euros netos al mes. En caso de superar estas cifras sí tendrán que darse de alta y cotizar como autónomos. En el caso de que el rehalero tenga al podenquero (persona que entra en el monte con los perros) contratado deberá tramitar el alta de empleado en la Seguridad Social.

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