La actividad notarial relacionada con la vida de las parejas crece un 33% en 2016

No solo divorcios y matrimonios son los trámites que se realizan en una notaría

S. F.

Cerca de 140.000 personas acudieron a un notario en 2016 para hacer capitulaciones matrimoniales, casarse, divorciarse o declarase pareja de hecho, lo que representa 33% más que 2015. Desde julio de 2015, con la entrada en vigor de la Ley de Jurisdicción Voluntaria, los notarios pueden celebrar matrimonios, y otorgar escrituras de separaciones o divorcios , actos que han experimentado un rápido crecimiento a pesar del poco tiempo transcurrido. En términos interanuales (julio-diciembre 2015 y julio-diciembre 2016), los matrimonios ante notario se han multiplicado por ocho y las separaciones o divorcios se han duplicado. Para informar a los ciudadanos sobre la labor que desarrollan los notarios en algunos aspectos claves de la pareja, entre ellos el de poder recibir asesoría imparcial y gratuita sobre las dudas que puedan tener, el Consejo General del Notariado ha editado 150.000 folletos informativos que se están distribuyendo por las más de 2.800 notarías españolas.

En el año 2016, los notarios españoles han celebrado aproximadamente un 33% más de actos relacionados con las parejas que en el año anterior , un aumento derivado del fuerte incremento registrado por la celebración notarial de matrimonios, separaciones y divorcios y la subida de un 10% de las capitulaciones matrimoniales.

Pese al incremento de los matrimonios, divorcios y separaciones ante notario, en cifras absolutas, de los 67.946 actos realizados en 2016, un 69% (47.063), corresponden a capitulaciones matrimoniales, seguidos de bodas, separaciones o divorcios, con un 21% (14.356), y de uniones o separaciones de hecho, con un 10% (6.527).

Crecimiento exponencial en bodas y divorcios

La preparación jurídica de los notarios, su distribución geográfica y el desarrollo tecnológico que han experimentado en los últimos años, dieron pie al Estado a aumentar sus competencias también en el ámbito de las parejas. Así, desde la entrada en vigor de la Ley de Jurisdicción Voluntaria en julio de 2015 hasta diciembre de 2016, más de 16.500 parejas han acudido a un notario para contraer matrimonio, separarse o divorciarse (siempre que los cónyuges estén de acuerdo y no haya hijos menores a su cargo).

Atendiendo a las cifras, y si comparamos el periodo julio-diciembre de 2015 con el mismo periodo de 2016, los enlaces ante notario experimentaron un aumento del 700% y los divorcios y separaciones un 140%. También se observa que, si durante los primeros seis meses de vigencia de la ley los notarios españoles realizaron más actos de separación y divorcio que matrimonios (1.716 separaciones y divorcios y 548 matrimonios), esta distancia se ha ido acortando a medida que avanzaba el 2016 hasta terminar el año registrándose más matrimonios que divorcios o separaciones (4.430 – 4.152). En términos absolutos (julio 2015 – diciembre 2016) los notarios españoles han formalizado 7.258 bodas y 9.362 separaciones o divorcios.

Durante el último año, las tres comunidades autónomas donde se han celebrado más bodas, divorcios y separaciones ante notario han sido Madrid, Andalucía y Cataluña. Madrid ha sido la segunda comunidad en bodas (1.526) y la primera en divorcios y separaciones (1.955); Andalucía ha sido la tercera en ambos actos (bodas: 1.266 y en divorcios y separaciones: 1.397) y Cataluña la primera en bodas (1.528) y la tercera en divorcios y separaciones (1.048).

Se observa que 14 de las 17 comunidades autónomas han celebrado más divorcios y separaciones que matrimonios. Galicia es la comunidad donde la diferencia es más acusada (un 155% más de divorcios y separaciones - 434 - que de bodas - 170), seguido de Cantabria (un 130% más con 124 divorcios y separaciones y 54 bodas) y Extremadura (un 109% con 92 divorcios y separaciones y 44 bodas). En el lado contrario se encuentran los aragoneses (un 55% más, con 299 bodas y 136 divorcios), seguidos de los catalanes (un 33% más, 1.528 bodas y 1.048 divorcios).

Las capitulaciones matrimoniales crecen

El folleto dedica especial atención a las capitulaciones matrimoniales , el acuerdo ante notario por el que se elige el régimen jurídico que regula la relación económica del matrimonio (separación de bienes o gananciales), y en el que también pueden recogerse otros aspectos como donaciones, normas de convivencia o pactos en caso de ruptura.

En 2016 se realizaron 47.063 capitulaciones matrimoniales, de las que 44.419 (94%) fueron de separación de bienes, frente a las 2.644 (5%) parejas que se decantaron por cambiar a un régimen de gananciales. Esta diferencia se produce porque en casi todas las comunidades autónomas, el Código Civil establece como régimen económico del matrimonio los bienes gananciales. Tan solo en Cataluña e Islas Baleares el régimen que rige es el de separación de bienes . Navarra, Aragón y parte de Vizcaya cuentan con sistemas propios muy parecidos al de gananciales.

En cuanto al cambio al régimen de separación de bienes en las comunidades autónomas, son los andaluces los que encabezan en número de actos (9.543), seguidos de los madrileños (9.517 actos) y los valencianos (4.272).

José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del Consejo General del Notariado nos recuerda que: «las capitulaciones matrimoniales pueden ser prenupciales o postnupciales y no existe límite en el número de veces en que se pueden cambiar, pero siempre hay que realizar una escritura pública ante notario para modificar la anterior». Martínez Sanchiz considera que puesto que determinar el régimen económico del matrimonio constituye un momento clave en la vida de una pareja, «es especialmente importante contar con el asesoramiento imparcial y gratuito del notario para tomar decisiones plenamente informadas y con la confianza de saber que estas serán son seguras y se ajustarán a la Ley”.

Cerca de 3 de cada 4 uniones de hecho ante notario son de parejas catalanas

Las uniones de hecho son una alternativa para aquellas parejas que desean formalizar su compromiso pero no sienten la necesidad de contraer matrimonio. Estas uniones pueden formalizarse ante notario, siempre que ambos integrantes de la pareja sean mayores de edad o emancipados y no estén casados ni sean pareja de otras personas.

En España no existe una normativa nacional que regule estas uniones. En la actualidad 13 comunidades autónomas tienen leyes propias sobre el tema , aunque con grandes diferencias entre ellas, y las otras cuatro regulan estas uniones mediante decreto.

Durante el último año, cerca de 6.000 parejas acudieron a un notario para formalizar su unión de hecho. Las uniones de hecho ante notario se han multiplicado por tres en los últimos diez años (1598– 5.918). El reparto de este acto por comunidades autónomas es bastante heterogéneo, y son los catalanes los que registran la amplia mayoría de uniones de hecho (más del 68%) y, consecuentemente, también son los que acuden con más frecuencia al notario a formalizar la separación de la unión de hecho (240). En datos absolutos, Aragón se sitúa en segundo lugar con 561 uniones y 7 separaciones y Andalucía en tercero (242 uniones y 97 separaciones).

Las consecuencias jurídicas del matrimonio y la pareja de hecho son muy diferentes en las distintas comunidades autónomas. «Aunque hay aspectos en los que tienen idéntica repercusión, hay puntos en los que difieren como el propio régimen económico de la pareja o los derechos sucesorios, por ejemplo. Por lo tanto, conviene ser previsor y acudir al notario a asesorarse para evitar posibles complicaciones en el futuro», mantiene el presidente del Consejo General del Notariado.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación